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Artículo 1 de la Ley 7.235

Complementa la ley n.o 5,055, que establece la distribucion de la concesion del 15% sobre el valor de las apuestas mutuas que cobran los hipodromos

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 190385 · idParte: 7286338

Texto oficial

Artículo 1.o Agregase a la letra a) del artículo 2.o de la ley N.o 5,055, de 12 de Febrero de 1932, el siguiente inciso: "El Fisco entregara a la Universidad de Chile para que lo destine al servicio de las Escuelas Universitarias que sostiene o cree en la ciudad de Valparaíso, hasta la cantidad de $ 500.000 anuales deduciéndola de los ingresos que por el capítulo de esta letra percibe el "Valparaíso Sporting Club".