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Artículo 5 del Decreto 2531

Decreto 2531

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19065 / 7158532.

Texto oficial

Art. 5.°- Para los efectos del inciso tercero del mismo artículo 4.°, la Dirección General o sus representantes quedan facultados para practicar visitas de inspección en la forma que lo estimen conveniente a los establecimientos en que se efectúen espectáculos públicos a los cuales tengan acceso los menores.