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Artículo 82 del Decreto 2531

Decreto 2531

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19065 / 7158622.

Texto oficial

Art. 82.- Los que fueren llamados a cumplir el Servicio Militar Obligatorio deberán ser entregados inmediatamente a las autoridades correspondientes.