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Artículo 7 TRANSITORIO de la Ley 19.768

Introduce adecuaciones de indole tributaria al mercado de capitales y flexibiliza el mecanismo de ahorro voluntario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191298 / 7287093.

Texto oficial

Artículo 7º transitorio.- La cesión o restitución de acciones de sociedades anónimas abiertas con presencia bursátil que se hubieren adquirido hasta el 19 de abril de 2001, se regirán por lo dispuesto en los incisos que se agregan en el Nº 8 del artículo 17º, por la letra b) del Nº 1 del artículo 1º de esta ley, siempre que el prestatario adquiera las acciones que debe restituir en una bolsa de valores del país y que la restitución se efectúe dentro del plazo de un año, contado desde la fecha en que se hubiere realizado el préstamo. Estas dos últimas restricciones no se aplicarán cuando las acciones que se dan en préstamo o arriendo o se restituyen se hubieren acogido a lo dispuesto en el artículo 2º transitorio de esta ley.".