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Artículo 15 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191865 / 8562346.

Texto oficial

Artículo 15.- El personal de la Administración del Ley 18.575 Estado se regirá por las normas estatutarias que establezca Art. 12º la ley, en las cuales se regulará el ingreso, los deberes y D.O. 05.12.1986 derechos, la responsabilidad administrativa y la cesación de funciones.