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Artículo 20 de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 18.575, orgánica constitucional de bases generales de la administración del estado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191865 / 8562351.

Texto oficial

Artículo 20.- La Administración del Estado asegurará Ley 18.575 la capacitación y el perfeccionamiento de su personal, Art. 17º conducentes a obtener la formación y los conocimientos D.O. 05.12.1986 necesarios para el desempeño de la función pública.