Texto oficial
Artículo 1º transitorio.- Delégase en el Presidente
de la República, por el plazo de un año, la facultad de Ley 18.575
suprimir, modificar o establecer normas legales, con el solo Art. 1º transitorio
objeto de adecuar el régimen jurídico de los órganos a D.O. 05.12.1986
que se refiere el Artículo 21, inciso primero, a los
Artículos 27, 32, 43 y 49.