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Artículo 6 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley n°15.076.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191879 / 8721041.

Texto oficial

Artículo 6°.- Declárase que el hecho de haber obtenido préstamos de auxilio o de emergencia en un Ley N° 15.076 instituto previsional no implica una declaración del Art. 6° transitorio imponente afecto a esta ley, en el sentido de continuar acogido a ese régimen previsional, pudiendo optar, en consecuencia, al que dicha ley establece.