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Artículo 87 del Decreto Ley 252

De instalaciones eléctricas

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191958 / 7287696.

Texto oficial

Art. 87. Para ser nombrado injeniero de la Dirección, se requiere tener el título profesional correspondiente. Para la designacion de los demas empleados serán preferidos, a igual de las demas condiciones que establezcan los reglamentos, las personas que posean el grado de bachiller en la Facultad de Ciencias Físicas y Matemáticas. Se esceptúan de las disposiciones del presente artículo, las personas que presten sus servicios en la actual seccion de Servicios Eléctricos del Ministerio de Obras y Vias Públicas.