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Artículo 24 del Decreto Con Fuerza de Ley 244

Ley general de servicios electricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191965 / 9021683.

Texto oficial

Art. 24º. La concesión provisional caducará de hecho, sin necesidad de petición de interesados, si a la expiración del plazo que se establece en el inciso 1) del artículo 20º, no se hubiere presentado el proyecto definitivo de las obras previstas en el decreto de concesión o si no se redujere a escritura pública el respectivo decreto.