Texto oficial
CAPITULO V
De las concesiones para estaciones de
radiocomunicaciones
Art. 47º. En las solicitudes de concesión se indicará principalmente:
1) Categoría de la estación proyectada;
2) Potencia de la estación transmisora;
3) Fuente de energía que se propone utilizar;
4) Ubicación; y
5) Tipo de antena, altura, longitud y número de hilos.