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Artículo 133 del Decreto Con Fuerza de Ley 244

Ley general de servicios electricos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 191965 / 9021792.

Texto oficial

Art. 133º. El Ingeniero Director General será nombrado por el Presidente de la República, y será considerado como Jefe de Oficina. El Ingeniero Jefe del Departamento de Luz y Fuerza, con carácter de Sub-Director, reemplazará al Director General, en caso de ausencia, imposibilidad u otras causas, y tendrá las atribuciones que le señala esta Ley y sus reglamentos. El demás personal será nombrado, de acuerdo con las disposiciones del Estatuto Administrativo.