Texto oficial
Art. 3º La Empresa podrá descontar mensualmente en las planillas de pago el valor de los suministros hechos por las Cooperativas a los empleados y obreros, y concederles anticipos hasta del 50% de su valor.
Decreto Ley 603
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 192183 / 7287958.