Texto oficial
Artículo 5.o.- Lo dispuesto en el decreto ley N° 666, de 1974, regirá a contar del 1° de Junio de 1974.
Sustituye la frase que señala en las glosas de los items 11/01/01.017 y 11/03.01.017 del presupuesto de 1974
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 192262 / 7287977.