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Artículo 29 de la Ley 19.777 · Crea juzgados de policia local en las comunas que indica

Crea juzgados de policia local en las comunas que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 192263 / 8925324.

Texto oficial

Artículo 29.- Créase en la Municipalidad de Chanco un Juzgado de Policía Local, el que además ejercerá jurisdicción en la comuna de Pelluhue. Al efecto, modifícase el artículo 3° del decreto con fuerza de ley Nº 97-19.321, de 1994, del Ministerio del Interior, que adecua, modifica y establece la planta de personal de la Municipalidad de Chanco, incorporando en la planta de "Directivos", un cargo de Juez de Policía Local, grado 7º.