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Artículo 6 del Decreto Con Fuerza de Ley 325

Reglamenta el sistema para efectuar pagos en moneda extranjera en las plazas del exterior

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 192317 / 6360550.

Texto oficial

Artículo 6º No se aplicarán las disposiciones de este decreto con fuerza de ley a las siguientes Instituciones: 1) Universidad de Chile 2) Universidad Técnica del Estado 3) Municipalidades 4) Banco Central de Chile 5) Caja Autónoma de Amortización de la Deuda Pública 6) Sociedad Constructora de Establecimientos Educacionales 7) Sociedad Constructora de Establecimientos Hospitalarios 8) Caja Reaseguradora de Chile