Texto oficial
Artículo 3°.- A los ocupantes de inmuebles fiscales
que no les sean aplicables las disposiciones de este
Título, por no cumplir con alguno de los requisitos
establecidos en los artículos 1° y 2°, les serán
aplicables las normas generales contempladas en los
artículos 88 y siguientes del decreto ley N° 1.939, de
1977, y otras leyes y normas complementarias, cuando
procediere.