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Artículo 2 de la Ley 19.776 · Sobre regularizacion de posesion y ocupacion de inmuebles fiscales en la forma que indica

Sobre regularizacion de posesion y ocupacion de inmuebles fiscales en la forma que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 192985 / 6994028.

Texto oficial

Artículo 2°.- Los interesados en los beneficios que establece este Título, deberán acreditar su vinculación con el título original y la ocupación efectiva en la forma que establece el artículo 1°. El nuevo título se otorgará respecto del terreno en el que se acredite la ocupación efectiva del solicitante, siempre que no exceda los límites de la superficie originalmente entregada.