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Artículo 12 del Decreto 91

Aprueba reglamento del regimen de prestaciones de credito social de las cajas de compensacion de asignacion familiar

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 193065 / 8737141.

Texto oficial

Artículo 12º.- Las prestaciones del régimen se financiarán con cargo al Fondo Social de la correspondiente Caja.