Saltar al contenido

Artículo 1 de la Ley 4.614

Ley 4.614

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 193680 / 6365619.

Texto oficial

Artículo 1º Concédese, por gracia, y por el plazo de diez años, a doña Pilar Auger viuda del ex-inspector de Beneficencia, don Ambrosio Urzúa Silva, una pensión de tres mil seiscientos pesos ($ 3,600) anuales.