Texto oficial
Art. 4. Serán empleados a contrata aquellos cuyos cargos tengan el carácter de transitorios y, por lo tanto, no formen parte de la planta permanente de una repartición.
Estatuto administrativo
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19387 / 8828532.