Texto oficial
Art. 19 El empleado que no estuviere conforme con su lugar en el Escalfón, podrá reclamar ante el Presidente de la República.
Estas reclamaciones no se tramitarán si no se acompañan los datos completos respecto a las fechas de nombramientos del reclamante y de los demás afectados; y podrán formularse en papel simple, exentas de todo impuesto o gravamen.