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Artículo 3 del Decreto Ley 572

Modifica decreto ley n.o 534

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 193893 · idParte: 7289062

Texto oficial

Artículo 3°- La prohibición establecida en el artículo 6° del decreto ley 534, en lo que se refiere a la adquisición dé bienes inmuebles y terrenos, no regirá para las adquisiciones y expropiaciones necesarias para el cumplimiento a las funciones propias del Ministerio de la Vivienda y Urbanismo y de las Instituciones que se relacionan con el Gobierno a través de dicho Ministerio.