Saltar al contenido

Artículo 14 del Decreto 3815

Aprueba el texto refundido de la ley orgánica de la caja de credito hipotecario

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 19400 · idParte: 7159237

Texto oficial

Artículo 14. Si los inmuebles hipotecados experimentaren desmejoras o sufrieren daños de modo que no ofrezcan suficiente garantía para la seguridad de la Caja, tiene ésta el derecho de exigir el reembolso de su acreencia. Cuando las pérdidas o desmejoras del inmueble, no puedan imputarse a culpa del deudor, la Caja admitirá nueva garantía o aumento de garantía para su crédito.