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Artículo 34 del Decreto 3815

Aprueba el texto refundido de la ley orgánica de la caja de credito hipotecario

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19400 / 7159257.

Texto oficial

Artículo 34. De las deliberaciones del Directorio se dejará testimonio en el Libro Especial de Actas, que será firmado por los miembros que hubieren concurrido a la sesión. Si alguno de ellos falleciere, se ausentare o imposibilitare por cualquier causa para firmar el acta correspondiente, se hará constar al pie de la misma acta esas circunstancias. El director que quiera salvar su responsabilidad por algún acto o acuerdo del Directorio deberá hacer constar en el acta su oposición.