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Artículo 36 del Decreto 3815

Aprueba el texto refundido de la ley orgánica de la caja de credito hipotecario

Estado
Derogada
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 19400 · idParte: 7159259

Texto oficial

Artículo 36. Cada seis meses el Directorio presentará al Gobierno un estado de las operaciones de la Caja y lo publicará en el periódico oficial. Se publicará, igualmente, el balance anual de la Caja. Al principio de cada año, el Directorio pasará al Gobierno un informe detallado de todas las operaciones de la Caja durante el año precedente, y de los resultados obtenidos, y que dé a conocer en toda su extensión la situación en que se encontrare.