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Artículo 52 (DEL ART UNICO) del Decreto 5291

Ley de educacion primaria obligatoria. se fija su texto definitivo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19446 / 8271014.

Texto oficial

Art. 52. Toda persona que tenga empleados u obreros a su servicio, está obligada a velar porque los niños de este personal aprendan a leer, escribir y contar correctamente, cooperando a la acción educacional del Estado en la forma que establecen los artículos 15 y 23 del Reglamento respectivo.