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Artículo 54 (DEL ART UNICO) del Decreto 5291

Ley de educacion primaria obligatoria. se fija su texto definitivo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19446 / 8271017.

Texto oficial

Art. 54. Todo dueño de propiedad agrícola, está obligado a construir y ceder gratuitamente al Fisco el uso de los edificios escolares que fueren necesarios en los casos indicados en el Reglamento General de Educación Primaria respectivo. A igual obligación estarán sujetas las empresas industriales, mineras, salitreras, borateras, fábricas, etc.