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Artículo 81 (DEL ART UNICO) del Decreto 5291

Ley de educacion primaria obligatoria. se fija su texto definitivo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19446 / 8271048.

Texto oficial

Art. 81. Corresponde exclusivamente a la Junta Calificadora de Méritos: 1.° Resolver en última instancia los reclamos sobre las calificaciones emitidas por los organismos o autoridades calificadoras que determina el reglamento; 2.° Determinar la calificación definitiva del personal; 3.° Formar las listas generales de selección en conformidad a las calificaciones definitivas; y 4.° Adoptar las medidas que estime necesarias para la correcta aplicación de las leyes y reglamentos que rijan la calificación.