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Artículo 54 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041817.

Texto oficial

Artículo 54. La distribución de empleados para los turnos de servicio extraordinario sólo podrá ser alterada por el Director o, en casos de emergencia muy calificados, por el Jefe del turno.