Texto oficial
TITULO II
BIBLIOTECA NACIONAL
De la distribución de los Servicios
Artículo 56. La Biblioteca Nacional dividirá sus
servicios fudamentales en las siguientes secciones:
Fondo general Americana Chilena Lectura a domicilio
Infantil Canjes y Encuadernación Catalogación, Control e
Informaciones.
Mantendrá además, y separadamente, a medida que el
local lo permita, los departamentos y servicios que a
continuación se expresan:
Salón Central de Lectura Sala José Toribio Medina Sala
Diego Barros Arana Sala España Sala Italia Sala de Estampas
Mapoteca Museo Bibliográfico Seminarios.
La Dirección General podrá, sin embargo, cuando el
desarrollo del servicio así lo aconseje, fusionar o
subdividir secciones y departamentos, como asimismo crear
otros nuevos.