Texto oficial
Artículo 68. Los empleados de la sub-Sección, durante
las horas de oficina, no podrán hacer copias o certificados
de constancia que el público solicite, salvo que ello le
fuere ordenado expresamente por la Dirección.
Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041831.