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Artículo 68 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041831.

Texto oficial

Artículo 68. Los empleados de la sub-Sección, durante las horas de oficina, no podrán hacer copias o certificados de constancia que el público solicite, salvo que ello le fuere ordenado expresamente por la Dirección.