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Artículo 67 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041830.

Texto oficial

Artículo 67. Las colecciones de diarios, periódicos y revistas sólo podrán ser consultadas dentro de la Biblioteca. Para que salgan del establecimiento será menester, en cada caso, autorización por Decreto Supremo.