Texto oficial
Artículo 75. Se prohibirá al público sacar calcos,
escribir sobre los libros o láminas o deteriorar en
cualquier forma los impresos que consulte, bajo las penas
establecidas en los artículos 484, 485, 486 y 487 del
Código Penal.
Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041838.