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Artículo 77 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041840.

Texto oficial

Artículo 77. Dentro de los salones de lectura, deberá guardarse silencio, se permanecerá sin sombrero y no se permitirá la asistencia de personas en estado de embriaguez o de peligroso desaseo.