Texto oficial
Artículo 78. Será permitido al público, previa venia
del empleado a cargo del salón, consultar directamente los
catálogos: pero se le exigirá colocar las gavetas en su
fichero correspondiente, una vez que las haya utilizado.
Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041841.