Saltar al contenido

Artículo 98 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041861.

Texto oficial

De la sección Infantil Artículo 98. La Sección Infantil atenderá a la difusión de lecturas apropiadas para la infancia, sean ellas útiles o recreativas, al auxilio del niño en sus estudios y a la formación del futuro lector adulto de las bibliotecas. Con este objeto, guiará a los niños en su curiosidad intelectual, los educará en el cuidado y respeto del libro y formará en ellos los hábitos de cultura que han de contribuir a su progreso en la vida. Aparte de coleccionar obras amenas, constructivas moralmente o estimulantes del carácter, de la imaginación y del sano placer espiritual, constituirá un fondo de textos de enseñanza que favorezca el repaso de las materias estudiadas en los colegios y la preparación de los exámenes; cuidará especialmente de que en sus colecciones existan aquellas obras que son complementos de los textos escolares: y, para el mejor cumplimiento de estos fines, mantendrá relaciones constantes con maestros y padres de familia.