Texto oficial
De la sección Infantil
Artículo 98. La Sección Infantil atenderá a la
difusión de lecturas apropiadas para la infancia, sean
ellas útiles o recreativas, al auxilio del niño en sus
estudios y a la formación del futuro lector adulto de las
bibliotecas.
Con este objeto, guiará a los niños en su curiosidad
intelectual, los educará en el cuidado y respeto del libro
y formará en ellos los hábitos de cultura que han de
contribuir a su progreso en la vida.
Aparte de coleccionar obras amenas, constructivas
moralmente o estimulantes del carácter, de la imaginación
y del sano placer espiritual, constituirá un fondo de
textos de enseñanza que favorezca el repaso de las materias
estudiadas en los colegios y la preparación de los
exámenes; cuidará especialmente de que en sus colecciones
existan aquellas obras que son complementos de los textos
escolares: y, para el mejor cumplimiento de estos fines,
mantendrá relaciones constantes con maestros y padres de
familia.