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Artículo 109 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041872.

Texto oficial

Artículo 109. La catalogación se hará conforme al sistema llamado de alfabeto único, sometida a pauta fija e inalterable, y abarcará todos los impresos que ingresen a la Biblioteca. Cuando sea oportuno, esta Sección se encargará de completar y adaptar los catálogos antiguos.