Texto oficial
Artículo 119. El Jefe de la Sección, previo estudio
con los jefes de las Secciones que poseen fondos de libros,
presentará al Director General el cálculo y distribución
de las cuotas de encuadernación que se hagan necesarias en
el año; y, aprobado este cálculo, vigilará que el trabajo
sea hecho por el taller oportunamente y en las condiciones
establecidas por la Dirección