Texto oficial
Artículo 134. La Revista de Bibliografía tiene por
objeto reflejar en forma bibliográfica, veraz y completa,
la actividad intelectual del país. Comprenderá las
siguientes secciones:
1.a Libros y folletos. Descripción bibliográfica
completa de todos los libros, folletos y papeles sueltos que
publica la prensa chilena y, en lo posible, de los libros y
folletos publicados en el extranjero por escritores
nacionales o referentes a actividades chilenas;
2.a Revistas. Sumarios de todas las revistas de Chile
consideradas de interés bibliográfico por el Director de
la Revista;
3.a Diarios. Indicación bibliográfica sumaria de los
artículos firmados con nombres propios, pseudónimos o
simples iniciales que publican los diarios de Santiago y los
de provincias considerados de interés por el Director de la
Revista;
4.a Cronología de los hechos principales acaecidos en
Chile durante el trimestre;
5.a Iconografía;
6.a Registro de la Propiedad Intelectual; y 7.a
Artículos bibliográficos, preferentemente si ellos son
obra de empleados dependientes de la Dirección General de
Bibliotecas, Archivos y Museos.
El valor de la suscripción anual de la Revista se
fijará por la Dirección General.