Texto oficial
Artículo 197. Será obligación del personal del Museo
supervigilar las salas en que se efectúen exposiciones
particulares.
Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041956.