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Artículo 145 del Decreto 6234

Reglamento para la direccion general de bibliotecas, archivos y museos.- se aprueba

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19451 / 9041976.

Texto oficial

Artículo 145. Las obras donadas podrán ser repartidas entre las bibliotecas departamentales, según el criterio del Director General, siempre que en la Biblioteca Nacional exista más de un ejemplar de dichas obras.