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Artículo 1 del Decreto 8583

Decreto 8583

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 19463 / 8986730.

Texto oficial

Artículo 1° Los departamentos en que se divide el territorio nacional constarán de las comunas que se indican a continuación, correspondiendo cada territorio comunal a una subdelegación completa, y equivaliendo la división administrativa denominada comuna a la división política llamada subdelegación, conforme a lo dispuesto por el artículo 93 de la Constitución de la República. DEPARTAMENTO DE TACNA Comprenderá las comunas de Tacna, Palca y Sama. Comuna de Tacna,- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a Intendencia, 2.a Comercio y 3.a Pocollay. Comuna de Palca.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 4.a, Pachía; y 5.a Palca. Comuna de Sama.- Comprenderá la antigua subdelegación 7.a Sama. Las comunas de Tacna, Palca y Sama formarán una sola agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de Tacna. DEPARTAMENTO DE ARICA Comprenderá las comunas de Arica, Putre, Belén, Codpa y General Lagos. Comuna de Arica.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Morro; 2.a, Azapa; y 3.a, Lluta. Comuna de Putre.- Comprenderá la antigua subdelegación 4.a, Putre. Comuna Belén.- Comprenderá la antigua subdelegación 5.a Belén. Comuna de Codpa. - Comprenderá la antigua subdelegación 6.a, Codpa. Comuna de General Lagos.- Comprenderá la antigua subdelegación 7.a, General Lagos. Las comunas de Arica, Putre, Belén, Codpa y General Lagos, formarán una sola agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de Arica. DEPARTAMENTO DE PISAGUA Comprenderá las comunas de Pisagua y Negreiros. Comuna de Pisagua.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Pisagua 4.a, Camiña; y 5.a Camarones; y los distritos 1.° Jazpamapa; y 4.° Dolores, de la antigua subdelegación 2.a, Santa Catalina. Comuna de Negreiros.- Comprenderá la antigua subdelegación 3.a, Aroma, y los distritos 2.° Santa Catalina, y 3.°, Negreiros, de la antigua subdelegación 2.a, Santa Catalina. Las comunas de Pisagua y Negreiros formarán una sola agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de Pisagua. DEPARTAMENTO DE IQUIQUE Comprenderá las comunas de Iquique, Guara, Pozo Almonte y Lagunas. Comuna de Iquique.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Ferrocarril; 2.a, Aduana; 3.a, Santa María; 4.a, Cavancha; 5.a Guantajaya, y 10.a, Guaneras. Comuna de Huara.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.a, Caleta Buena, y 11.a, Tarapacá, y el distrito 3.° Huara, de la antigua subdelegación 7.a, Pozo Almonte. Comuna de Pozo Almonte.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 8.a, Noria; 12.a, Pica; y los distritos 1.°, Tirana, y 2.°, Pozo Almonte, de la antigua subdelegación 7.a, Pozo Almonte. Comuna de Lagunas.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 9.a, Salitreras del Sur, y 13.a, Challacollo. Las comunas de Iquique, Huara, Pozo Almonte y Lagunas, formarán una sola agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de Iquique. DEPARTAMENTO DE TOCOPILLA Comprenderá las comunas de Tocopilla y Toco. Comuna de Tocopilla.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Tocopilla, y 2.a, Gatico. Comuna de Toco.- Comprenderá la antigua subdelegación 3.a Toco. Las comunas de Tocopilla y Toco, formarán una sola agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de Tocopilla. DEPARTAMENTO DEL LOA Comprenderá la comuna de Calama, con los mismos límites del departamento. DEPARTAMENTO DE ANTOFAGASTA Comprenderá las comunas de Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda y Aguas Blancas. Comuna de Antofagasta.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Bellavista; 2.a, Prat, y 3.a, Coloso. Comuna de Mejillones. - Comprenderá la antigua subdelegación 7.a, Mejillones. Comuna Sierra Gorda.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 5.a, Baquedano, y 6.a, Sierra Gorda. Comuna de Aguas Blancas.- Comprenderá la antigua subdelegación 4.a, Aguas Blancas. Las comunas de Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda y Aguas Blancas, formarán una sola agrupación municipal cuya cabecera será la ciudad de Antofagasta. DEPARTAMENTO DE TALTAL Comprenderá las comunas de Taltal y Catalina. Comuna de Taltal.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a y 2.a, de Taltal, 3.a, Esmeralda y 5.a, Paposo. Comuna de Catalina.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 4.a, Santa Luisa; 6.a, Refresco; 7.a, Cachinal; 8.a, Vaquillas, y 9.a, El Guanaco. Las comunas de Taltal y Catalina, formarán una sola agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de Taltal. DEPARTAMENTO DE CHAÑARAL Comprenderá la comuna de Chañaral con los mismos límites del departamento. DEPARTAMENTO DE COPIAPO Comprenderá las comunas de Copiapó, Caldera y Tierra Amarilla. Comuna de Copiapó.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 2.a, Ramadilla; 3.a, Bodega; 4.a, La Chimba; 5.a, San Francisco de la Selva; 6.a, Arturo Prat; 7.a, El Hospital; 8.a, San Fernando; 14.a, Cerro Blanco; 16.a, Totoral; 18.a, San José de Garín; 19.a, Puquios; y 20.a, Bulnes; y los distritos 4.°, Bandurrias y 5.°, Punta de Díaz, de la antigua subdelegación 17.a, Chañarcillo. Comuna de Caldera.- Comprenderá la antigua subdelegación 1.a, Caldera. Comuna de Tierra Amarilla.- Comprenderá las antiguas suddelegaciones: 9.a, Tierra Amarilla; 10.a, Pabellón; 11.a, Los Bordos; 12.a, Los Loros; 13.a, Lomas Bayas y 15.a San Antonio; y los distritos 1.°, Juan Godoy; 2.°, Pajonales, y 3.°, Mineral de la antigua subdelegación 17.a, Chañarcillo. DEPARTAMENTO DE HUASCO Comprenderá las comunas de Vallenar, Tránsito, Freirina y Huasco. Comuna de Vallenar.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Ambrosio O'Higgins; 2.a, El Comercio; 3.a, La Frontera; 4.a, Camarones; 5.a, Alto del Carmen; 6.a, San Félix; 9.a, Agua Amarga; y 10.a La Jarilla, del antiguo departamento de Vallenar. Comuna de Tránsito.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.a, El Tránsito; y 8.a, La Pampa, del antiguo departamento de Vallenar. Comuna de Freirina.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Poniente; 2.a, Oriente; 5.a, San Juan, y 6.a, Chañaral, del antiguo departamento de Freirina. Comuna de Huasco.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 3.a, Huasco Bajo; 4.a, Puerto de Huasco; 7.a, Carrizal Alto; y 8.a, Carrizal Bajo, del antiguo departamento de Freirina. DEPARTAMENTO DE SERENA Comprenderá las comunas de Serena, Higuera y Coquimbo. Comuna de Serena.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 3.a, Arqueros; 4.a, Cutún; 5.a, Saturno; 6.a, Algarrobito; 7.a, La Compañía; 8.a, La Pampa; 9.a, Barranca del Mar; 10.a, San Juan de Dios; 11.a Catedral, 12.a, Merced; 13.a, San Agustín, y 14.a, Santa Lucía. Comuna de Higuera.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Los Choros, y 2.a, La Higuera. Comuna de Coquimbo.- Comprenderá todo el territorio del antiguo departamento de Coquimbo. DEPARTAMENTO DE ELQUI Comprenderá las comunas de Vicuña y Paiguano. Comuna de Vicuña.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Vicuña Norte; 2.a, Vicuña Sur; 3.a, San Isidro; 4.a, Peralillo; 5.a, Diaguitas; 10.a, El Tambo; y 11.a, El Molle. Comuna de Paiguano.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.a, Rivadavia; 7,a, Paiguano; 8.a, Monte Grande; y 9.a, La Unión. DEPARTAMENTO DE OVALLE Comprenderá las comunas de Ovalle, Tongoy, Monte Patria, Punitaqui, Samo Alto y Combarbalá Comuna de Ovalle.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, ovalle Poniente; 2.a, Ovalle Oriente; 3.a, Sotaquí; 13.a, Panulcillo; 20.a, La Chimba; y 21.a, Guamalata, y los distritos 1.°, Limarí, y 2.°, La Torre, de la antigua subdelegación 15.a, La Torre. Comuna de Tongoy.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 14.a, Tamaya, y 16.a, Tongoy, y los distritos 3.°, Algarrobos, y 4.°, Cerrillos, de la antigua subdelegación 15.a, La Torre. Comuna de Monte Patria.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 4.a, Guatulame; 5.a, Carén; 6.a, Agua Amarilla; 7.a, Rapel; 8.a, Mialqui; y 9.a, Monte Patria. Comuna de Punitaqui.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 17.a, Barraza; 18.a, San Julián y 19.a, Punitaqui. Comuna de Samo Alto.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 10.a, Hurtado; 11.a, Samo Alto; y 12.a Recoleta. Comuna de Combarbalá.- Comprenderá todo el territorio del antiguo departamento de Combarbalá. DEPARTAMENTO DE ILLAPEL Comprenderá las comunas de Illapel, Mincha, Salamanca y Vilos. Comuna de Illapel.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Illapel Oriente; 2.a, Illapel Poniente; 3.a, Cuzcuz; 4.a, Hacienda de Illapel; 5.a, Peralillo, y 10.a, Los Hornos, y la antigua subdelegación 16.a, Las Cañas, del antiguo departamento de Petorca. Comuna de Mincha.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 8.a, Mincha, y 9.a, Canela, y la antigua subdelegación 15.a, Huentelauquén, del antiguo departamento de Petorca. Comuna de Salamanca.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.a, Chalinga, y 7.a, Salamanca, y las antiguas subdelegaciones 17.a, El Tambo, y 18.a, Quelén, del antiguo departamento de Petorca. Comuna de Vilos.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 12.a, Pupío; 13.a, Las Vacas, y 14.a Los Vilos, del antiguo departamento de Petorca. DEPARTAMENTO DE PETORCA Comprenderá las comunas de Ligua, Cabildo, Papudo, Zapallar y Petorca. Comuna de Ligua.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, La Ligua; 2.a, Placilla de la Ligua; 3.a Tártaro; 4.a Valle Hermoso; y las antiguas subdelegaciones: 6.a, Pichilemu; 7.a, Longotoma; 8.a, Guaquén, y 9.a, Quilimarí, del antiguo departamento de Petorca. Comuna de Cabildo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 5.a, La Higuera; 6.a, San Lorenzo, y 8.a Alicahue. Comuna de Papudo.- Comprenderá la antigua subdelegación 7.a, Papudo. Comuna de Zapallar.- Comprenderá la antigua subdelegación 3.a, Catapilco. Comuna de Petorca.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 2.a, Chincolco; 3.a, Petorca; 4.a, Hierro Viejo; 5.a, Pedegua; 10.a, Cóndores, y 11.a, Tilama, del antiguo departamento de Petorca. DEPARTAMENTO DE SAN FELIPE Comprenderá las comunas de San Felipe, Putaendo, Catemu y Panquehue. Comuna de San Felipe.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Coimas; 2.a, Estación; 3.a, Hospital; 4.a, Santo Domingo; 5.a, Almendral; 6.a, Tambo; 7.a, Santa María; 8.a, Jahuel, 9.a, San Fernando, y 10.a, San Nicolás. Comuna de Putaendo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Rinconada de Silva; 2.a, San Antonio de La Unión; 3.a, Tártaro; 4.a, Rinconada de los Guzmanes; 5.a, Quebrada de Herrera, y 6.a, Asiento, del antiguo departamento de Putaendo. Comuna de Catemu.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.a, Catemu Alto; y 8.a, Catemu Bajo, del antiguo departamento de Putaendo. Comuna de Panquehue.- Comprenderá la antigua subdelegación 5.a, Panquehue, del actual departamento de Los Andes. DEPARTAMENTO DE ANDES Comprenderá las comunas de Andes, Curimón, Calle Larga y Rinconada. Comuna de Andes.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, El Sauce; 2.a, El Comercio, y 13.a, Chacabuco, y las antiguas subdelegaciones: 11.a, San Regis; 12.a, Miraflores; 13.a, San José, y 14.a Río Colorado, del actual departamento de San Felipe. Comuna de Curimón.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 3.a, San Rafael y 4.a, Curimón. Comuna de Calle Larga.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 9.a, Tabolango; 10.a, Calle Larga; 11.a, Pocuro, y 12.a, Santa Rosa. Comuna de Rinconada.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.a, Rinconada, y 8.a, Villa Alegre. DEPARTAMENTO DE QUILLOTA Comprenderá las comunas de Quillota, Calera, Llayllay, Hijuelas, Nogales y Quintero. Comuna de Quillota.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Mayaca; 2.a, Estación; 3.a, San Ignacio; 4.a, Mercado; 5.a,m San Pedro; 6.a, La Palma; 7.a, Pocochay; 8.a, Charrabata; 9.a, La Cruz, y 19.a, Boco. Comuna de Calera.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 10.a, La Calera, y 11.a, Ocoa. Comuna de Llayllay.- Comprenderá la antigua subdelegación 12.a, Llayllay, y la parte de la antigua subdelegación 6.a, Montenegro, del actual departamento de Los Andes que queda al Norte de la línea de Cumbres que limita por el Sur la hoya del río Aconcagua. Comuna de Hijuelas.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 13.a, Romeral, y 14.a, Las Hijuelas. Comuna de Nogales.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 15.a, Los Nogales, y 16.a, El Melón. Comuna de Quintero.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 17.a, Puchuncaví, y 18.a, Quintero. DEPARTAMENTO DE VALPARAISO Comprenderá las comunas de Valparaíso, Viña del Mar, Limache, Quilpué y Casablanca. Comuna de Valparaíso.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Las Zorras; 2.a, Placilla de Peñuelas; 3.a, Playa Ancha; 4.a, La Matriz; 5.a, San Francisco; 6.a, Cordillera; 7.a, Serrano; 8.a, Cruz de Reyes; 9.a, Orden; 10.a, San Juan de Dios; 11.a, La Victoria; 12.a, Aguada; 13.a, Jaime; 14.a, San Ignacio; 15.a, Hospital; 16.a, Merced; 17.a, Cardonal; 18.a, Las Delicias; 19.a, Providencia; 20.a, Waddington; 21.a, Estación; 22.a, Barón, y 23.a, Matadero, y las islas de Pascua, Sala y Gómez y Juan Fernández. Comuna de Viña del Mar.- Comprenderá la antigua subdelegación 24.a, Viña del Mar, y la antigua subdelegación 6.a, Concón, del antiguo departamento de Limache. Comuna de Limache.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a Limache Alto; 2.a, Limache Bajo; 3.a, Olmué; 4.a Quebrada de Alvarado; 5.a, San Francisco, y 8.a, Quebrada de Escobares, del antiguo departamento de Limache. Comuna de Quilpué.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.a, Quilpué, y 9.a, Villa Alemana, del antiguo departamento de Limache, la antigua subdelegación 8.a, Margamarga, del antiguo departamento de Casablanca, y la parte de la antigua subdelegación 5.a, Lepe, del actual departamento de Melipilla, que ha quedado comprendida dentro del departamento de Valparaíso. Comuna de Casablanca.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Villa Cabecera; 2.a, Tapihue; 3.a, Las Dichas; 4.a, Lagunillas; 5.a, Algarrobo; 6.a, San José, y 7.a, Lo Vásquez, del antiguo departamento de Casablanca. DEPARTAMENTO DE SANTIAGO Comprenderá las comunas de Santiago, Conchalí, Providencia, ÑuÑoa, San Miguel, Espejo Maipú, Yungay, Barrancas, Renca, Quilicura, Lampa, Colina, Tiltil, San Bernardo, Tango, Talagante, Isla de Maipo, Peñaflor, Cisterna, Puente Alto, San José de Maipo y Curacaví. Comuna de Santiago.- Sus límites son: Al Norte, el camino del Carrascal y la calle Román Spech, desde la calle de Villasana hasta el río Mapocho; el río Mapocho, desde la calle Román Spech hasta la calle de Bulnes; la calle Bulnes, desde el río Mapocho hasta la Avenida General Korner; la Avenida General Korner, desde la calle Bulnes hasta el canal de la Punta; el canal de la Punta, desde la Avenida General Korner hasta la calle del Molino; la calle del Molino, desde el canal de la Punta hasta la Avenida Fermín Vivaceta; la Avenida Fermín Vivaceta, desde la calle del Molino hasta la Avenida Prado; la Avenida Prado, desde la Avenida Fermín Vivaceta hasta la Avenida Independencia; la Avenida Independencia, desde la Avenida Prado hasta la calle Pérez Cotapos; la calle Pérez Cotapos, desde la Avenida Independencia hasta el callejón del Guanaco; el callejón del Guanaco, desde la calle Pérez Cotapos hasta la Avenida Robles; la Avenida Robles, desde el Callejón del Guanaco hasta la Avenida Recoleta; la Avenida Recoleta, desde la Avenida Robles hasta la Avenida O'Higgins; la Avenida O'Higgins, desde la Avenida Recoleta hasta el camino del Salto; el camino del Salto y la calle Inés de Suárez, desde la Av. O'Higgins hasta la calle Unión; la calle Unión, desde la calle Inés de Suárez hasta el canal del Carmen, y el canal del Carmen, desde la calle de la Unión hasta el Portezuelo. Al Este, una línea recta, desde el Portezuelo hasta el punto en que la calle de San Gabriel enfrenta el río Mapocho; el río Mapocho, desde la calle San Gabriel hasta la calle Cóndell; la calle Cóndell, desde el río Mapocho hasta la avenida Irárrazaval; la Avenida Irarrázaval, desde la calle Cóndell hasta la línea del Ferrocarril, y la línea del Ferrocarril, desde la Avenida Irarrázaval hasta la estación de Santa Elena. Al Sur, la línea del ferrocarril de circunvalación, desde la estación de Santa Elena hasta su empalme con el Ferrocarril del Sur. Al Oeste, la línea del Ferrocarril del Sur, desde su empalme con el Ferrocarril de Circunvalación hasta la calle Antofagasta; la calle Antofagasta, desde el Ferrocarril del Sur hasta la calle de Varas; la calle de Varas, desde la calle Antofagasta hasta la calle de Chorrillos; la calle de Chorrillos, desde la calle de Varas hasta la Avenida General Velásquez; la Avenida General Velásquez, desde la calle Chorrillos hasta la Avenida Ecuador; la Avenida Ecuador, desde la Avenida General Velásquez hasta la calle Apóstol Santiago; la calle Apóstol Santiago, desde la Avenida General Velásquez hasta la calle San Pablo; la calle de San Pablo, desde la calle Apóstol Santiago hasta la calle de Villasana, y la calle de Villasana, desde la calle San Pablo hasta el camino del Carrascal. Las calles y caminos enumerados en los límites precedentes forman parte de la comuna de Santiago en los sectores en que sirven de deslinde. Comuna de Conchalí.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 24.a, Huechuraba, y 25.a, Salto, en la parte no comprendida dentro de los límites de la comuna de Santiago; la parte de la subdelegación 15.a, Renca, situada al Oriente de la línea del Ferrocarril y la parte de la Subdelegación 16.a, Quilicura, situada al Oriente de la misma línea y al Sur del camino de la estación de Renca. Comuna de Providencia.- Comprende la parte de la antigua subdelegación 5.a, Providencia, situada al Norte de las calles Caupolicán y Pizarro y de la línea recta imaginaria que las une, y las antiguas subdelegaciones 1.a, Las Condes; 2.a, Apoquindo, y 26.a, Mineral de Las Condes. Comuna de ÑuÑoa.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 3.a, Tobalaba, y 4.a, ÑuÑoa, la parte de la antigua subdelegación 5.a, Providencia, situada al Sur de las calles Caupolicán y Pizarro y de la línea recta imaginaria que las une, y la subdelegación 15, Lo Cañas, del antiguo departamento de La Victoria. Comuna de San Miguel.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.a, Santa Rosa, y 7.a, Llano Subercaseaux. Comuna de Espejo.- Comprenderá la antigua subdelegación 9.a, Chuchunco. Comuna de Maipú.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 10.a, Los Pajaritos; 11.a, Maipú; y 12.a, Las Lomas. Comuna de Yungay.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 27.a, El Blanqueado, y 28.a, Yungay. Comuna de Barrancas.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 13.a, Pudahuel, y 14.a, Mapocho. Comuna de Renca.- Comprenderá la parte de la antigua subdelegación 15.a, Renca, situada al Poniente de la línea del Ferrocarril. Comuna de Quilicura.- Comprenderá la parte de la antigua subdelegación 16.a, Quilicura, situada al Poniente de la línea del Ferrocarril o al Norte del camino que conduce a la estación de Quilicura. Comuna de Lampa.- Comprenderá la antigua subdelegación 17.a, Lampa. Comuna de Colina.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 18.a, Cañada de Colina; 19.a, Colina; 20.a, Baños de Colina, y 21.a, Chacabuco. Comuna de Tiltil.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 22.a, Tiltil, y 23.a, Caleu, y la parte de la antigua subdelegación 6.a, Montenegro del actual departamento de Los Andes que queda al Sur de la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya del río Aconcagua. Comuna de San Bernardo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, San Bernardo; 9.a, Tres Acequias; 10.a, Cerro Negro, y 11.a, Bajos de Mena, del actual departamento de La Victoria. Comuna de Peñaflor.- Comprenderá las antiguas subdelegación: 2.a, Santa Cruz de la Victoria; 3.a, Esperanza; 4.a, Peñaflor, y 19.a, Malloco, del antiguo departamento de La Victoria. Comuna de Tango.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.a, Calera de Tango, y 8.a, Tango del antiguo departamento de La Victoria. Comuna de Talagante.- Comprenderá la antigua subdelegación 5.a, Talagante, del antiguo departamento de La Victoria. Comuna Isla de Maipo.- Comprenderá la antigua subdelegación 6.a, Isla Grande, del antiguo departamento de La Victoria, y el distrito 3.°, El Monte, de la antigua subdelegación 5.a, Valdivia, del actual departamento de Maipo. Comuna de Cisterna.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 17.a, La Granja, y 18.a, Camino de Santiago, del antiguo departamento de La Victoria. Comuna de Puente Alto.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 12.a, Puente Nuevo de Pirque; y 16.a, Peral, del antiguo departamento de La Victoria. Comuna de San José de Maipo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 13.a, Canal de Maipo, y 14.a, San José, del antiguo departamento de La Victoria. Comuna de Curacaví.- Comprenderá la antigua subdelegación 4.a, Curacaví y la parte de la antigua subdelegación 5.a Lepe, que queda dentro de los límites del departamento de Santiago. DEPARTAMENTO DE MELIPILLA Comprenderá las comunas de San Antonio, Melipilla, El Monte, María Pinto, Cartagena y Loica. Comuna de San Antonio.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.a, San Antonio; 8.a, Cuncumén; 14.a, Santo Domingo y 15.a, Bucalemu, del antiguo departamento de San Antonio. Comuna de Melipilla.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Melipilla; 9.a, Matadero; 10.a, Chocalán, y 11.a, Codegua. Comuna de El Monte.- Comprenderá la antigua subdelegación 2.a, San Francisco del Monte. Comuna de María Pinto.- Comprenderá la antigua subdelegación 3.a, María Pinto. Comuna de Cartagena.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.a, Cartagena, y 20.a, El Tabo, del antiguo departamento de San Antonio. Comuna de Loica.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 12.a, San Pedro y 13.a, Loica, del antiguo departamento de San Antonio. DEPARTAMENTO DE MAIPO Comprenderá las comunas de Buin, Paine y Pirque. Comuna de Buin.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Buin; 2.a, Maipo; 3.a, Linderos; 4.a, Viluco, y 12.a, Santa Rita, y los distritos 1.°, Valdivia, y 2.°, Jélvez, de la antigua subdelegación 5.a, Valdivia de Paine. Comuna de Paine.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.a, Aculeo; 7.a, Hospital; 8.a, Paine; 9.a, Escorial, y 10.a, Tránsito. Comuna de Pirque.- Comprenderá la antigua subdelegación 11.a, Pirque. DEPARTAMENTO DE RANCAGUA Comprenderá las comunas de Rancagua, Machalí, Graneros, Mostazal y Doñihue. Comuna de Rancagua.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, San Francisco; 2.a, La Merced; 5.a, Las Chacras, y 6.a, Las Hijuelas. Comuna de Machalí.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 3.a, Pueblo de Naturales, y 4.a, Machalí, y la parte del actual departamento de Caupolicán, que ha quedado comprendido dentro de los límites del departamento de Rancagua. Comuna de Graneros.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.a, La Compañía, y 8.a, Codegua. Comuna de Mostazal.- Comprenderá la antigua subdelegación 9.a, La Angostura. Comuna de Doñihue.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 10.a, Doñihue, y 11.a, Lo Miranda y las antiguas subdelegaciones: 5.a, Idahue; 6.a, Coltauco; 7.a, Almendro, y 8.a, Parral, del actual departamento de Cachapoal. DEPARTAMENTO DE CACHAPOAL Comprenderá las comunas de San Vicente, Alhué, Cabras, Peumo y Pichidegua. Comuna de San Vicente.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 9.a, Zúñiga, 11.a, Pencahue, y 12.a, San Vicente, del antiguo departamento de San Vicente. Comuna de Alhué.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 16.a, Quilamuta; 17.a, Carén; 18.a, Alhué, 19.a, El Asiento, del actual departamento de Melipilla. Comuna de Cabras.- Comprenderá las antiguas subdeleagaciones 3.a, El Carmen, y 4.a, El Manzano. Comuna de Peumo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Peumo, y 2.a, La Rosa. Comuna de Pichidegua.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 10.a, Pichidegua, y 16.a, Larmahue, del antiguo departamento de San Vicente. DEPARTAMENTO DE CAUPOLICAN Comprenderá las comunas de Rengo, Requínoa, Olivar y Pelequén. Comuna de Rengo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Rengo; 2.a, La Isla; 3.a, Chanqueahue; 4.a, Pichiguao, y 8.a, Guacarhue. Comuna de Requínoa.- Comprenderá la parte de la antigua subdelegación 5.a, Requínoa, que queda comprendida dentro de los límites del departamento de Caupolicán. Comuna del Olivar.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.a, Olivar, y 7.a, Coinco. Comuna de Pelequén.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 13.a, Malloa, y 14.a, Panquehue. DEPARTAMENTO DE SAN FERNANDO Comprenderá las comunas de San Fernando, Chimbarongo y Nancagua. Comuna de San Fernando.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, San Fernando; 2.a, Estación; 3.a, El Crucero; 4.a, Roma; 5.a, Talcarehue; 6.a, Tinguiririca, y 20.a, San Luis, y el distrito 3.o, Manantiales de la antigua subdelegación 19.a, Placilla. Comuna de Chimbarongo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.a, Pidihuinco, y 8.a, Chimbarongo. Comuna de Nancagua.- Comprenderá la antigua subdelegación 9.a, Nancagua, el distrito 1.°, Cunaco, de la antigua subdelegación 10.a, Cunaco, y los distritos 1.°, Placilla, y 2.°, Dehesa, de la antigua subdelegación 19.a, Placilla. DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ Comprenderá las comunas de Santa Cruz, Chépica, Pumanque, Palmilla, Rosario, Pichilemu, Marchihue y Peralillo. Comuna de Santa Cruz.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Santa Cruz; 2.a, Quinahue; 5.a, Nerquihue; y 6.a, Lolol; el distrito 3.°, Isla de Paniahue, de la antigua subdelegación 10.a, Cunaco, del actual departamento de San Fernando y el distrito 2.°, Paniahue, de la antigua subdelegación 11.a, Palmilla, del actual departamento de San Fernando. Comuna de Chépica.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 3.a, Chépica, y 4.a, Paredones de Auquinco. Comuna de Pumanque.- Comprenderá la antigua subdelegación 8.a, Pumanque, y la antigua subdelegación 4.a, Paredones, del antiguo departamento de Vichuquén. Comuna de Palmilla.- Comprenderá los distritos: 1.°. Palmilla. y 2.°. Colchagua, de la antigua subdelegación 11.a, Palmilla, del antiguo departamento de San Fernando, el distrito 2.o, Apaltas, de la antigua subdelegación 10.a, Cunaco, del mismo departamento y la antigua subdelegación 15.a, Huique, del actual departamento de San Vicente. Comuna de Rosario.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 15.a, Navidad, y 16.a, Rosario del actual departamento de San Fernando. Comuna de Pichilemu.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 13.a, Cáhuil, y 14.a, Cocauquén del actual departamento de San Fernando. Comuna de Marchihue.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 12.a, Peñablanca, y 17.a, Estrella, del actual departamento de San Fernando. Comuna de Peralillo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 18.a, Calleuque, y 21.a, Población del actual departamento de San Fernando. DEPARTAMENTO DE CURICO Comprende las comunas de Curicó, Romeral, Teno y Rauco. Comuna de Curicó.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, urbana La Matriz; 2.a, urbana, Plaza de Armas; 3.a, urbana, Alameda; 4.a, urbana, El Mercado; 2.a, rural, La Obra; 3.a, rural, Los Niches; 10.a, rural, Entrerríos, y 11.a, rural, Convento Viejo. Comuna de Romeral.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, rural, El Romeral; 4.a, rural, El Guaico; y 5.a, rural, El Resguardo. Comuna de Teno.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.a, rural, Quinta; y 7.a, rural, Teno. Comuna de Rauco.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 8.a, rural Palquibudi, y 9.a, rural, Rauco. DEPARTAMENTO DE MATAQUITO Comprenderá las comunas de Curepto, Hualañé y Vichuquén. Comuna de Curepto.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Curepto; 2.a, Hornillos; 3.a, Limávida; 4.a, Tonlemo, y 5.a, Gualleco, del antiguo departamento de Curepto. Comuna de Hualañé.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 6.a, Licantén, y 7.a, La Huerta, del antiguo departamento de Vichuquén, y la antigua subdelegación 7.a, Culencó, del actual departamento de Santa Cruz. Comuna de Vichuquén.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Vichuquén; 2.a, Llico; 3.a, Iloca, y 5.a, Alcántara, del antiguo departamento de Vichuquén. DEPARTAMENTO DE LONTUE Comprenderá las comunas de Molina y Valdivia de Lontué. Comuna de Molina.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Molina; 2.a, Huerta, y 6.a Río Claro. Comuna de Valdivia de Lontué.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 3.a, Lontué; 4.a, Peteroa, y 5.a, Villa Prat. DEPARTAMENTO DE TALCA Comprenderá las comunas de Talca, San Clemente, Pelarco, Río Claro, Pencahue y Maule. Comuna de Talca.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, 2.a, 3.a, 4.a, 5.a, 6.a, de Talca, 12.a, Lircay, y 19.a, Matadero. Comuna de San Clemente.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 10.a, Perquín, y 11.a, Los Litres. Comuna de Pelarco.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 13.a, Pelarco, y 14.a, Rincón. Comuna de Río Claro.- Comprenderá la antigua subdelegación 15.a, Río Claro. Comuna de Pencahue.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 16.a, Tapihue; 17.a, Pencahue; 18.a, Perales, y 20.a, Libún. Comuna de Maule.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.a, Colín; 8.a, Duao, y 9.a, Queri. DEPARTAMENTO DE CONSTITUCION Comprenderá las comunas de Constitución y Empedrado. Comuna de Constitución.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, y 2.a, Constitución: 3.a, Cañas; 4.a, Pahuil; y 9.a, Rinconada; y las antiguas subdelegaciones: 7.a, Toconey; 8.a, Quivolgo; 9.a, Putú, y 10.a, Chanquiuque, del antiguo departamento de Curepto. Comuna Empedrado.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 5.a, Empedrado ; 6.a, Purapel; 7.a, El Morro, y 8.a, Nirivilo. DEPARTAMENTO DE LONCOMILLA Comprenderá las comunas de San Javier y Villa Alegre. Comuna de San Javier.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, San Javier; 2.a, Maule; 5.a, Carrizal; 6.a, La Huerta; y 7.a, La Vaquería. Comuna de Villa Alegre.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 3.a, Loncomilla, y 4.a, Cunaco. DEPARTAMENTO DE LINARES Comprenderá las comunas de Linares, Yerbas Buenas y Colbún. Comuna de Linares.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a y 2.a, Linares; 3.a, Arrayanes; 10.a, San Antonio; 11.a, Vegas de Saldías; 12.a, Ancoa; 13.a, San José; 14.a, Longaví; 15.a, Mesamávida; 16.a, Catentoa; 17.a, Bodega, y 18.a, Pilcoyán. Comuna de Yerbas Buenas.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 4.a, Yerbas Buenas; 5.a, Esperanza y 6.a, Arquén. Comuna de Colbún.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 7.a, Colbún; 8.a, Panimávida, y 9.a, Putagán. DEPARTAMENTO DE PARRAL Comprenderá las comunas de Parral y Retiro. Comuna de Parral.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 1.a, Oriente; 5.a, Poniente; 3.a, Perquilauquén; 8.a, Santa Filomena; 9.a, Huenutil, y 10.a, Pencahue. Comuna de Retiro.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones: 4.a, Curipeumo; 5.a, San José, 6.a, San Nicolás; y 7.a, Rinconada. DEPARTAMENTO DE CAUQUENES Comprenderá las comunas de Cauquenes y Chanco. Comuna de Cauquenes.- Comprenderá todo el territorio del actual departamento de Cauquenes. Comuna de Chanco.- Comprenderá todo el territorio del actual departamento de Chanco. DEPARTAMENTO DE ITATA Comprenderá las comunas de Quirihue, Portezuelo, Ninhue y Cobquecura. Comuna de Quirihue.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a, y 2.a, Quirihue, 3.a Guanaco, 4.a El Manzano, 5.a Lonquén y 11 La Raya, y los distritos 2.° Chequencillo, 3.° Curimanqui y 4.° El Guindo, de la antigua subdelegación 10.a Pocillas. Comuna de Portezuelo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 6.a Treguaco y 7.a Portezuelo. Comuna de Ninhue.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 8.a Ninhue y 9.a Lircay, y los distritos 1.° Pocillas, 5.° Curica y 6.° Guaiquillén, de la antigua subdelegación 10.a Pocillas. Comuna de Cobquecura.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 12.a Buchupureo; 13.a Cobquecura; y 14.a Colmuyao. DEPARTAMENTO DE SAN CARLOS Comprenderá las comunas de San Carlos, Ñiquén, San Fabián y San Nicolás. Comuna de San Carlos.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Alameda, 2.a El Estero, 7.a Toquilma y 11.a Isla de Santa Isabel. Comuna de Ñiquén.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 3.a Virhuín, 5.a San Gregorio y 6.a Rucachoro. Comuna de San Fabián.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 4.a Zemita y 12.a San Fabián, y la parte del actual departamento de Chillán, que queda comprendida dentro de los límites del departamento de San Carlos. Comuna de San Nicolás.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 8.a La Maravilla, 9.a San Nicolás y 10.a Dadinco. DEPARTAMENTO DE CHILLAN Comprenderá las comunas de Chillán, Pinto y Coihueco. Comuna de Chillán.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a, 2.a y 3.a de Chillán, 4.a y 5.a de Chillán Viejo, 6.a Guape, 7.a Huechupín, 8.a Nebuco y 14.a Cato. Comuna de Pinto.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 9.a Boyén y 10.a Pinto. Comuna de Coihueco.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 11.a Coihueco, 12.a Niblinto y 15.a Reloca y la parte de la antigua subdelegación 13.a Alico, que queda comprendida dentro de los límites del departamento de Chillán. DEPARTAMENTO DE BULNES Comprenderá las comunas de Bulnes, San Ignacio y Quillón. Comuna de Bulnes.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Bulnes, 2.a Santa Clara, 3.a Agua Buena y 7.a Colton. Comuna de San Ignacio.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 4.a San Javier, 5.a San Miguel y 6.a San Ignacio. Comuna de Quillón.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 2.a Quillón y 3.a Cerro Negro, del antiguo departamento de Puchacay. DEPARTAMENTO DE YUNGAY Comprenderá las comunas de Yungay, Pemuco, El Carmen y Tucapel. Comuna de Yungay.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Yungay, 2.a El Pedregal, 3.a Cholguán, 4.a San Antonio y 5.a Trilaleo, del antiguo departamento de Yungay, y la parte de las antiguas subdelegaciones del mismo departamento, 6.a Dañicalqui y 7.a Los Laureles, que queda al Sur del río Dañicalqui. Comuna de Pemuco.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 8.a Pemuco y 10.a Relbún, del antiguo departamento de Yungay, y la parte de las antiguas subdelegaciones del mismo departamento, 6.a Dañicalqui v 7.a Los Laureles, que queda al Norte del río Dañicalqui Comuna de El Carmen.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 9.a Palpal, 11.a El Carmen y 12.a San Vicente, del antiguo departamento de Yungay. Comuna de Tucapel.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 8.a Tucapel, 10.a Reñico y 11.a Trupán, y la antigua subdelegación 20.a Antuco, del actual departamento de La Laja. DEPARTAMENTO DE TOME Comprenderá las comunas de Tomé y Coelemu. Comuna de Tomé.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Tomé, 2.a Collén, 9.a Conuco, 10.a Rafael y 11.a Roa, y los distritos 1.° Vega de Itata, 2° Granero, 6.° Perales, 7.° Purema y 8.° Pudá, de la antigua subdelegación 3.a Vega de Itata. Comuna de Coelemu.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 4.a Coelemu, 5.a Batuco, 6a Coleral, 7.a Ránquil y 8.a Guarilihue y los distritos 3.° Meipo, 4.° Montenegro y 5.° Chupallar, de la antigua subdelegación 3.a Vega de Itata. DEPARTAMENTO DE CONCEPCION Comprenderá las comunas de Concepción, Talcahuano, Penco, Hualqui y Florida. Comuna de Concepción.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a San José, 2.a Santo Domingo, 3.a San Agustín, 4.a La Merced, 5.a Chiguayante y 6.a Nonquén. Comuna de Talcahuano.- Comprenderá todo el territorio del antiguo departamento de Talcahuano. Comuna de Penco.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 8.a Palomares y 9.a Penco. Comuna de Hualqui.- Comprenderá la antigua subdelegación 7.a Hualqui. Comuna de Florida.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Florida, 4.a Copiulemu y 5.a Poñén del antiguo departamento de Puchacay. DEPARTAMENTO DE YUMBEL Comprenderá las comunas de Yumbel, Cabrero y San Rosendo. Comuna de Yumbel.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Yumbel y 9.a El Salto. Comuna de Cabrero.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 6.a Tomeco y 7.a Las Perlas. Comuna de San Rosendo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 2.a San Luis Gonzaga, 3.a Malvoa, 4.a Talcamávida y 5.a Quilacoya. DEPARTAMENTO DE CORONEL Comprenderá las comunas de Coronel, Lota, Santa Juana, Arauco y Curanilahue. Comuna de Coronel.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Coronel y 6.a San Pedro. Comuna de Lota.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 2.a Lota y 5.a Biobío. Comuna de Santa Juana.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 3.a Santa Juana, 4.a Santo Domingo y 7.a San Jerónimo. Comuna de Arauco.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Arauco, 2.a Carampangue, 3.a Villa de Carampangue, 6.a Melirupu, 7.a Quiapo, 8.a Yani, 9.a Llico, 10.a Raqui, 11.a Isla de Santa María y 12.a Laraquete, del antiguo departamento de Arauco, y los distritos 1.° Conumo y 2.° Los Cuervos, de la antigua subdelegación 4.a Maquehua, del mismo departamento. Comuna de Curanilahue.- Comprenderá la subdelegación 5.a Colico, del antiguo departamento de Arauco, los distritos 3.° Maquehua y 4.° Cabrera, de la antigua subdelegación 4.a Maquehua, del mismo departamento, y la parte del actual departamento de Lebu, que ha quedado comprendida dentro de los límites del departamento de Coronel. DEPARTAMENTO DE ARAUCO Comprenderá las comunas de Lebu, Cañete y Contulmo. Comuna de Lebu.- Comprenderá todo el territorio del antiguo departamento de Lebu, que queda comprendido dentro de los límites del actual departamento del mismo nombre. Comuna de Cañete.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Cañete, 2.a Cayucupil, 3.a Peleco, 4.a Llinquilhué y 5.a Paicaví, del antiguo departamento de Cañete. Comuna de Contulmo.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 6.a Contulmo, 7.a Antiquina y 8.a Quinico, del antiguo departamento de Cañete, incluyendo la isla de la Mocha. DEPARTAMENTO DE LA LAJA Comprenderá las comunas de Los Angeles, Santa Bárbara, Santa Fe, Laja y Quilleco. Comuna de Los Angeles.- Sus límites son: al Norte, el río Laja, desde el puente Perales, en el camino Angeles-Yumbel, hasta el vado de Tucapel, en el camino Tucapel-Quilleco. Al Este, el camino Tucapel-Quilleco, hasta su vado en el estero Coreo; dicho estero hasta el vado de Puente Viejo; el camino de Río Pardo hasta el estero Curiche; dicho estero hasta el puente del ferrocarril; el ferrocarril hasta el cruce del camino de Los Boldos, y dicho camino hasta su lanchadero en el río Biobío. Al Sur, el río Biobío, desde el lanchadero de los Boldos hasta el lanchadero de Negrete. Al Oeste, el camino Negrete-Angeles hasta el cruce del Ciruelo; el camino Angeles-Santa Fe hasta el cruce del camino de la estación Arrayán; dicho camino hasta el estero Quilque; dicho estero hasta el río Guaqui; este río hasta el vado de Paso Cerrado, y el camino Angeles-Yumbel hasta el puente Perales. Comuna de Santa Bárbara.- Sus límites son: al Norte, el río Duqueco, desde el puente del ferrocarril hasta su origen. Al Este, la línea de cumbres que limita por el poniente la hoya del río Queuco, desde el origen del río Duqueco hasta la confluencia del río Queuco con el río Biobío. Al Sur, el río Biobío, desde la desembocadura del río Queuco hasta el lanchadero de los Boldos. Al Oeste, el camino de los Boldos, desde su lanchadero en el río Biobío hasta el ferrocarril, y el ferrocarril hasta el puente sobre el río Duqueco. Comuna de Santa Fe.- Sus límites son: al Norte, el río Guaqui, desde el río Biobío hasta su confluencia con el estero Quilque, y dicho estero hasta el camino de acceso a la estación Arrayán. Al Este, el camino de acceso a la estación Arrayán, desde el estero Quilque hasta el camino Angeles-Santa Fé; dicho camino hasta el cruce con el de Negrete, en el Ciruelo, y el camino de Negrete hasta el río Biobío. Al Sur y Oeste, el río Biobío, desde el camino de Negrete hasta la desembocadura del río Guaqui. Comuna de Laja.- Sus límites son: Al Norte, el río Laja, desde su confluencia con el río Biobío hasta el puente Perales; al Este, el camino Angeles-Yumbel, desde el puente de Perales hasta el estero Paso Cerrado, y dicho estero hasta el río Guaqui. Al Sur, el río Guaqui, desde su unión con el estero Paso Cerrado hasta el río Biobío. Al Oeste, el río Biobío, desde el río Guaqui hasta el río Laja. Comuna de Quilleco.- Sus límites son: al Norte, el río Laja, desde el camino Quilleco-Tucapel, hasta la confluencia del río Rucúe; el río Rucúe hasta su origen, y la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya del río Laja, desde el origen del río Rucúe hasta Sierra Velluda. Al Este, Sierra Velluda, desde el origen del río Rucúe hasta el origen del río Duqueco. Al Sur, el río Duqueco, desde su origen hasta su confluencia con el estero Curiche. Al Oeste, el estero Curiche, desde su confluencia con el Duqueco hasta el camino de Río Pardo; dicho camino hasta el vado de Puente Viejo, en el estero Coreo; dicho estero hasta el camino Quilleco-Tucapel, y el camino Quilleco-Tucapel hasta el río Laja. DEPARTAMENTO DE MULCHEN Comprenderá las comunas de Mulchén, Quilaco y Nacimiento. Comuna de Mulchén.- Sus límites son: al Norte, el río Biobío, desde su confluencia con el río Bureo, hasta la desembocadura del estero Pile; el estero Pile, desde su desembocadura en el río Biobio hasta su origen; una línea recta, desde el origen del estero Pile, hasta la confluencia de los ríos Bureo y Pichi-Bureo, y el río Bureo, desde su confluencia con el río Pichi-Bureo, hasta su origen en las cordilleras de Pemehue. Al Este, las cordilleras de Pemehue, desde el origen del río Bureo hasta el origen del río Renaico. Al Sur, el río Renaico, desde su origen en las cordilleras de Pemehue hasta el deslinde de los fundos Rapelco, de don Joaquín Díaz y Marimán, de don Carlos Cousiño. Al Oeste, el deslinde entre los fundos Rapelco y Marimán hasta el origen del arroyo Puelche; el arroyo Pelehue, desde el camino de Mulchén a Nacimiento hasta su confluencia con el río Bureo, y el río Bureo hasta su confluencia con el río Biobío. Comuna de Quilaco.- Sus límites son: al Norte, el río Biobío, desde la desembocadura del arroyo Pile hasta la desembocadura del río Queuco, y la línea de cumbres que limita por el norte la hoya del río Queuco, desde su desembocadura en el río Biobío, hasta la frontera argentina. Al Este, la frontera argentina, desde la línea de cumbres que limita por el norte la hoya del río Queuco, hasta el paso de Rahue. Al Sur, el río Rahue o Rahuelco, desde su origen en el paso de Rahue, sobre la frontera argentina, hasta su desembocadura en el río Biobío; el río Biobío, desde la desembocadura del río Rahue hasta la desembocadura del río Ñirreco; el río Ñirreco, desde su desembocadura en el río Biobío hasta su origen, y la línea de cumbres, desde el origen del río Ñirreco hasta el volcán Lonquimay. Al Oeste, la línea de cumbres que limita por el Poniente la hoya hidrográfica del alto río Biobío, desde el volcán Lonquimay hasta el origen del río Bureo; el río Bureo, desde su origen hasta su confluencia con el río Pichi-Bureo; una línea recta, desde la confluencia de los ríos Bureo y Pichi-Bureo, hasta el origen del estero Pile, y el estero Pile, desde su origen hasta su desembocadura en el río Biobío. Comuna de Nacimiento.- Comprenderá todo el territorio del antiguo departamento de Nacimiento, que queda dentro de los límites del departamento de Mulchén. DEPARTAMENTO DE ANGOL Comprenderá las comunas de Angol, Purén, Sauces, Collipulli y Ercilla. Comuna de Angol.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Angol, 2.a Rucapillán, 3.a Mininco, 4.a, Tijeral, 5.a Guaquén y 6.a Villa Alegre, y la parte del antiguo departamento de Nacimiento que queda comprendido dentro de los límites del departamento de Angol. Comuna de Purén.- Comprenderá la antigua subdelegación 8.a Guadaba, y la antigua subdelegación 6.a Purén, del actual departamento de Traiguén. Comuna de Sauces.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 7.a Los Sauces y 9.a Choque-Choque. Comprenderá las comunas de Collipulli y Ercilla. Comuna de Collipulli.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a La Feria, 2.a Estación, 3.a Esperanza, 4.a Ñanco y 5.a Curaco. Comuna de Ercilla.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 6.a Ercilla y 7.a Pailahueque. DEPARTAMENTO DE TRAIGUEN Comprenderá las comunas de Traiguén y Lumaco. Comuna de Traiguén.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Estación, 2.a Los Molinos, la parte de la antigua subdelegación 4.a Perquenco, que queda comprendida dentro de los límites del departamento, y la parte de la subdelegación 5.a Lumaco, que queda al Sur del río Colpi o Panqueco y al Oriente del río Cholchol. Comuna de Lumaco.- Comprenderá la antigua subdelegación 5.a Lumaco, en la parte que no ha sido asignada a la comuna de Traiguén por el acápite anterior. DEPARTAMENTO DE VICTORIA Comprenderá las comunas de Victoria, Curacautín, Perquenco y Lonquimay. Comuna de Victoria.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Chicauco, 2.a Curamávida, 3.a Dumo, 4.a Quino, 5.a Tolhuaca y 6.a Huillinlebu. Comuna de Curacautín.- Comprenderá la antigua subdelegación 7.a Curacautín. Comuna de Perquenco.- Comprenderá la parte de la antigua subdelegación 4.a Perquenco, del actual departamento de Traiguén, que queda comprendida dentro de los límites del departamento de Victoria. Comuna de Lonquimay.- Comprenderá la antigua subdelegación 6.a Lonquimay del antiguo departamento de Llaima. DEPARTAMENTO DE LAUTARO Comprenderá las comunas de Lautaro y Galvarino. Comuna de Lautaro.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Lautaro y 3.a Muco. Comuna de Galvarino.- Comprenderá la antigua subdelegación 2.a Galvarino, y la antigua subdelegación 2.a Cholchol, del actual departamento de Imperial. DEPARTAMENTO DE IMPERIAL Comprenderá las comunas de Nueva Imperial, Carahue y Saavedra. Comuna de Nueva Imperial.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a Nueva Imperial y 4.a Boroa. Comuna de Carahue.- Comprenderá la antigua subdelegación 6.a Carahue. Comuna de Saavedra.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 3.a Misiones y 5.a Tirúa. DEPARTAMENTO DE TEMUCO Comprenderá las comunas de Temuco, Vilcún, Freire y Cunco. Comuna de Temuco.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 1.a y 2.a de Temuco, 3.a Pumalal, 4.a Padre Las Casas, 7.a Quepe, 11.a Truf-Truf y 16.a Coipulafquén. Comuna de Vilcún.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 14.a Vilcún y 15.a San Patricio. Comuna de Freire.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 5.a Freire y 6.a Huillo, y la parte de las antiguas subdelegaciones 8.a Allipén y 9.a Colico, que queda comprendida dentro de los límites del departamento de Temuco. Comuna de Cunco.- Comprenderá las antiguas subdelegaciones 12.a Trúmpulo, 13.a Cunco y 17.a Quechereguas. Las comunas de Temuco y Vilcún formarán una sola agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de Temuco. DEPARTAMENTO DE VILLARRICA Comprenderá las comunas de Loncoche, Gorbea, Lisperguer, Toltén y Villarrica. Comuna de Loncoche.- Comprenderá la antigua subdelegación 5.a Loncoche. Comuna de Gorbea.- Comprenderá la antigua subdelegación 2.a Gorbea. Comuna de Lisperguer.- Comprenderá la antigua subdelegación 1.a Pitrufquén. Su cabecera será el pueblo de Pitrufquén, el cual llevará en adelante el nombre de Lisperguer. Comuna de Toltén.- Comprenderá las antiguas subdelegaiones 3.a Toltén y 4.a Queule. Comuna de Villarrica.- Comprenderá la antigua subdelegación 6.a Villarrica, la antigua subdelegación 10.a Maichín, del actual departamento de Temuco, y la parte de las antiguas subdelegaciones 8.a Allipén y 9.a Colico, de dicho departamento, que queda comprendida dentro de los límites del departamento de Villarrica. DEPARTAMENTO DE VALDIVIA Comprenderá las comunas de Valdivia, Corral, Lanco, Mariquina y Lagos. Comuna de Valdivia.- Sus límites son: al Norte, la línea de cumbres que limita por el Norte las hoyas de los esteros Cuchimalal y Rahue o San Ramón, desde el morro Bonifacio sobre el Océano Pacífico hasta la confluencia del estero Rahue con el río Cruces; el río Cruces, desde la confluencia del estero Rahue hasta la confluencia del río Pichoy o Iñaque; el río Pichoy o Iñaque, desde su confluencia con el río Cruces hasta su confluencia con el río Cayumapu; el río Cayumapu, desde su confluencia con el río Pichoy o Iñaque, hasta su confluencia con el estero Chancoyán; el estero Chancoyán, desde su confluencia con el río Cayumapu hasta su origen; una línea recta, desde el origen del estero Chancoyán hasta la confluencia del estero Lumaco con el río Calle-Calle, y el río Calle-Calle, desde su confluencia con el estero Lumaco hasta la Peña del Diablo. Al Este, una línea recta desde la Peña del Diablo en el río Calle-Calle, hasta el lugar llamado Puente de Tierra, en el río Santo Domingo, y una línea recta, desde el lugar llamado Puente de Tierra, en el río Santo Domingo hasta el origen del estero Huichahue. Al Sur, la línea de cumbres, desde el origen del estero Huichahue hasta el origen del estero Chamil; el estero Chamil, desde su origen hasta su confluencia con el río Futa; el río Futa, desde su confluencia con el estero Chamil hasta su confluencia con el río Tornagaleones; el río Tornagaleones, desde su confluencia con el río Futa hasta su confluencia con el río Valdivia, y el río Valdivia, desde su confluencia con el río Tornagaleones, hasta su desembocadura en el Océano Pacífico. Al Oeste, el Océano Pacífico, desde la desembocadura del río Valdivia hasta el morro Bonifacio. La isla de Mancera no está comprendida en la comuna de Valdivia. Comuna de Corral.- Sus límites son: Al Norte el río Valdivia, desde su desembocadura en el Océano Pacífico hasta su confluencia con el río Tornagaleones, y el río Tornagaleones, desde su confluencia con el río Valdivia, hasta su confluencia con el río Futa. Al Este, el río Futa, desde su confluencia con el río Tornagaleones hasta el punto llamado Tres Chiflones. Al Sur, la volteada de Tres Chiflones, desde el río Futa, hasta el origen del río Chaihuín, y el río Chaihuín, desde su origen hasta su desembocadura en el Océano Pacífico. Al Oeste, el Océano Pacífico, desde la desembocadura del río Chaihuín hasta la desembocadura del río Valdivia. La isla de Mancera queda comprendida en la comuna de Corral. Comuna de Lanco.- Sus límites son: al Norte, el estero Cudico, desde su confluencia con el río Cruces hasta su origen; la línea de cumbres que limita por el Norte las hoyas del río Leufucade y del lago Calafquén, desde el origen del estero Cudico hasta el Volcán Villarica, y la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya del lago Villarrica, desde el volcán Villarrica hasta la frontera argentina. Al Este, la frontera argentina, desde la línea de cumbres que limita por el Sur la hoya del lago Villarrica hasta el origen del río Guahún. Al Sur, el río Guahún, desde su origen en la frontera argentina hasta su desembocadura en la laguna Pirehueico; la laguna Pirehueico, desde la desembocadura del río Guahun hasta su desagüe en el río Huí; el río Huí, desde su origen en la laguna Pirehueico hasta su confluencia con el río Neltume; el río Llanquihue, desde la confluencia de los ríos Huí y Neltume, que lo forman, hasta su desembocadura en la laguna de Panguipulli; la laguna de Panguipulli, desde la desembocadura del río Llanquihue hasta su desague en el río Shoshuenco; el río Shoshuenco, desde su origen en la laguna de Panguipulli hasta su desembocadura en la laguna Riñihue; la laguna Riñihue, desde la desembocadura del río Shoshuenco, hasta su desagúe en el río San Pedro, y el río San Pedro, desde su origen en la laguna Riñihue hasta su confluencia con el río Malihue. Al Oeste, una línea recta, desde la confluencia de los ríos Malihue y San Pedro hasta la confluencia de los ríos Pille Coz-Coz e Iñaque; el río Pille Coz-Coz, desde su confluencia con el río Iñaque, hasta su origen en los cerros de Troltohue; el cordón de los cerros de Troltohue, desde el origen del río Pille Coz-Coz hasta el origen del estero Trama o Lliuco; el estero Trama o Lliuco, desde su origen en el cordón de los cerros de Troltohue hasta su confluencia con el río Cruces, y el río Cruces, desde su confluencia con el estero Trama o Lliuco hasta su confluencia con el estero Cudico. Comuna de Mariquina.- Sus límites son: al Norte, el río Lingue o Mehuín, desde su desembocadura en el Océano Pacífico, hasta su confluencia con la quebrada Honda de Rigán; la quebrada Honda de Rigán, desde su confluencia con el río Lingue o Mehuín hasta su origen en el cerro Tripayante; la línea de cumbres, desde el origen de la quebrada Honda de Rigán hasta el origen de la quebrada Lingue; la quebrada Lingue, desde su origen hasta su confluencia con el río Quillén o Quitraco, y el río Quillén o Quitraco, desde su confluencia con la quebrada Lingue hasta su confluencia con el río Cruces. Al Este, el río Cruces, desde su confluencia con el río Quillén o Quitraco hasta su confluencia con el estero Trama o Lliuco; el estero Trama o Lliuco, desde su confluencia con el río Cruces hasta su origen en los cerros de Troltohue; el cordón de los cerros de Troltohue, desde el origen del estero Trama hasta el origen del río Pille Coz-Coz; el río Pille Coz-Coz, desde su origen hasta su confluencia con el río Iñaque o Pichoy, y una línea recta, desde la confluencia de los ríos Iñaque y Pille Coz-Coz, hasta la confluencia de los ríos San Pedro y Malihue. Al Sur, el río San Pedro o Calle-Calle, desde su confluencia con el río Malihue hasta su confluencia con el estero Lumaco; una línea recta, desde la confluencia del río Calle-Calle con el estero Lumaco hasta el origen del estero Chancoyán; el estero Chancoyán, desde su origen hasta su confluencia con el río Cayumapu; el río Cayumapu, desde su confluencia con el estero Chancoyán hasta su confluencia con el río Iñaque o Pichoy; el río Iñaque o Pichoy, desde su confluencia con el río Cayumapu hasta su confluencia con el río Cruces; el río Cruces, desde su confluencia con el río Iñaque o Pichoy hasta su confluencia con el río Rahue o San Ramón, y la línea de cumbres que limita por el Norte las hoyas de los esteros Rahue o San Ramón y Cuchimalal, desde la confluencia del estero Rahue con el río Cruces hasta el morro Bonifacio, en el Océano Pacífico. Al Oeste, el Océano Pacífico, desde el morro Bonifacio hasta la desembocadura del río Lingue o Mehuín. Comuna de Lagos.- Sus límites son: al Norte, el río Calle-Calle o San Pedro, desde la Peña del Diablo hasta su origen en la laguna Riñihue; la laguna Riñihue, desde el origen del río San Pedro hasta la desembocadura del río Shoshuenco; el río Shoshuenco, desde su desembocadura en la laguna Riñihue, hasta su origen en la laguna Panguipulli; la laguna Panguipulli, desde el origen del río Shoshuenco hasta la desembocadura del río Llanquihue; el río Llanquihue, desde su desembocadura en el lago Panguipulli hasta la confluencia de los ríos Neltume y Huí que lo forman; el río Huí, desde su confluencia con el río Neltume hasta su origen en la laguna Pirehueico; la laguna Pirehueico, desde el origen del río Huí hasta la desembocadura del río Guahún, y el río Guahún, desde su desembocadura en la laguna Pirehueico hasta la frontera argentina. Al Este, la frontera argentina, desde el río Guahún, hasta el Portezuelo de Lago Hermoso. Al Sur, el río Rupumeica o Huenaihue, desde su origen en el portezuelo de Lago Hermoso, sobre la frontera argentina, hasta su desembocadura en el lago Maihue; el lago Maihue, desde la desembocadura del río Huenaihue hasta el origen del río Caucurrupe; el río Caucurrupe, desde su origen en el lago Maihue hasta su desembocadura en el lago Ranco; el lago Ranco, desde la desembocadura del río Caucurrupe hasta la desembocadura del estero Coique: el estero Coique, desde su desembocadura en el lago Ranco hasta el lindero entre los fundos Dollinco y Santa Rosa; el lindero entre los fundos Dollinco y Santa Rosa, desde el estero Coique hasta el río Llollelhue; el río Llollelhue, desde el lindero entre los fundos Dollinco y Santa Rosa, hasta el lindero entre los fundos Huiti y Malo; el lindero entre los fundos Huiti y Malo, desde el río Llollelhue hasta el origen del estero Pichico; el estero Pichico, desde su origen hasta su confluencia con el estero de La Poza; el estero de La Poza, desde su confluencia con el estero Pichico hasta su origen; el lindero entre los fundos Malo y Manao, por una parte, y Curripeco y Lumaco por la otra, desde el origen del estero de La Poza hasta el estero Liucura; el estero Liucura, desde el deslinde entre los fundos Manao y Lumaco hasta su confluencia con el río Collileufu; el río Collileufu, desde su confluencia con el estero Liucura hasta su confluencia con el estero Huichahue, y el estero Huichahue, desde su confluencia con el río Collileufu hasta su origen. Al Oeste, una línea recta, desde el origen del estero Huichahue hasta el lugar llamado Puente de Tierra en el río Santo Domingo, y una línea recta, desde el lugar llamado Puente de Tierra en el río Santo Domingo, hasta la Peña del Diablo en el río Calle-Calle. DEPARTAMENTO DE LA UNION Comprenderá las comunas de La Unión y Río Bueno. Comuna de La Unión.- Comprenderá todo el territorio del actual departamento de La Unión, menos la subdelegación 4.a Tranguén. Comuna de Río Bueno.- Comprenderá todo el territorio del actual departamento de Río Bueno y la subdelegación 4.a, Traiguén, del antiguo departamento de La Unión. DEPARTAMENTO DE OSORNO Comprenderá las comunas de Osorno, San Pablo y Rí