Texto oficial
Artículo 1° Los departamentos en que se divide el
territorio nacional constarán de las comunas que se indican
a continuación, correspondiendo cada territorio comunal a
una subdelegación completa, y equivaliendo la división
administrativa denominada comuna a la división política
llamada subdelegación, conforme a lo dispuesto por el
artículo 93 de la Constitución de la República.
DEPARTAMENTO DE TACNA
Comprenderá las comunas de Tacna, Palca y Sama.
Comuna de Tacna,- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a Intendencia, 2.a Comercio y 3.a
Pocollay.
Comuna de Palca.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 4.a, Pachía; y 5.a Palca.
Comuna de Sama.- Comprenderá la antigua subdelegación
7.a Sama.
Las comunas de Tacna, Palca y Sama formarán una sola
agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de
Tacna.
DEPARTAMENTO DE ARICA
Comprenderá las comunas de Arica, Putre, Belén, Codpa
y General Lagos.
Comuna de Arica.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Morro; 2.a, Azapa; y 3.a, Lluta.
Comuna de Putre.- Comprenderá la antigua subdelegación
4.a, Putre.
Comuna Belén.- Comprenderá la antigua subdelegación
5.a Belén.
Comuna de Codpa. - Comprenderá la antigua
subdelegación 6.a, Codpa.
Comuna de General Lagos.- Comprenderá la antigua
subdelegación 7.a, General Lagos.
Las comunas de Arica, Putre, Belén, Codpa y General
Lagos, formarán una sola agrupación municipal, cuya
cabecera será la ciudad de Arica.
DEPARTAMENTO DE PISAGUA
Comprenderá las comunas de Pisagua y Negreiros.
Comuna de Pisagua.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Pisagua 4.a, Camiña; y 5.a Camarones;
y los distritos 1.° Jazpamapa; y 4.° Dolores, de la
antigua subdelegación 2.a, Santa Catalina.
Comuna de Negreiros.- Comprenderá la antigua
subdelegación 3.a, Aroma, y los distritos 2.° Santa
Catalina, y 3.°, Negreiros, de la antigua subdelegación
2.a, Santa Catalina.
Las comunas de Pisagua y Negreiros formarán una sola
agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de
Pisagua.
DEPARTAMENTO DE IQUIQUE Comprenderá las comunas de
Iquique, Guara, Pozo Almonte y Lagunas.
Comuna de Iquique.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Ferrocarril; 2.a, Aduana; 3.a, Santa
María; 4.a, Cavancha; 5.a Guantajaya, y 10.a, Guaneras.
Comuna de Huara.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 6.a, Caleta Buena, y 11.a, Tarapacá, y el
distrito 3.° Huara, de la antigua subdelegación 7.a, Pozo
Almonte.
Comuna de Pozo Almonte.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 8.a, Noria; 12.a, Pica; y los distritos
1.°, Tirana, y 2.°, Pozo Almonte, de la antigua
subdelegación 7.a, Pozo Almonte.
Comuna de Lagunas.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 9.a, Salitreras del Sur, y 13.a,
Challacollo.
Las comunas de Iquique, Huara, Pozo Almonte y Lagunas,
formarán una sola agrupación municipal, cuya cabecera
será la ciudad de Iquique.
DEPARTAMENTO DE TOCOPILLA Comprenderá las comunas de
Tocopilla y Toco.
Comuna de Tocopilla.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Tocopilla, y 2.a, Gatico.
Comuna de Toco.- Comprenderá la antigua subdelegación
3.a Toco.
Las comunas de Tocopilla y Toco, formarán una sola
agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de
Tocopilla.
DEPARTAMENTO DEL LOA
Comprenderá la comuna de Calama, con los mismos
límites del departamento.
DEPARTAMENTO DE ANTOFAGASTA
Comprenderá las comunas de Antofagasta, Mejillones,
Sierra Gorda y Aguas Blancas.
Comuna de Antofagasta.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Bellavista; 2.a, Prat, y 3.a, Coloso.
Comuna de Mejillones. - Comprenderá la antigua
subdelegación 7.a, Mejillones.
Comuna Sierra Gorda.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 5.a, Baquedano, y 6.a, Sierra Gorda.
Comuna de Aguas Blancas.- Comprenderá la antigua
subdelegación 4.a, Aguas Blancas.
Las comunas de Antofagasta, Mejillones, Sierra Gorda y
Aguas Blancas, formarán una sola agrupación municipal cuya
cabecera será la ciudad de Antofagasta.
DEPARTAMENTO DE TALTAL
Comprenderá las comunas de Taltal y Catalina.
Comuna de Taltal.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a y 2.a, de Taltal, 3.a, Esmeralda y 5.a,
Paposo.
Comuna de Catalina.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 4.a, Santa Luisa; 6.a, Refresco; 7.a,
Cachinal; 8.a, Vaquillas, y 9.a, El Guanaco.
Las comunas de Taltal y Catalina, formarán una sola
agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de
Taltal.
DEPARTAMENTO DE CHAÑARAL
Comprenderá la comuna de Chañaral con los mismos
límites del departamento.
DEPARTAMENTO DE COPIAPO
Comprenderá las comunas de Copiapó, Caldera y Tierra
Amarilla.
Comuna de Copiapó.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 2.a, Ramadilla; 3.a, Bodega; 4.a, La
Chimba; 5.a, San Francisco de la Selva; 6.a, Arturo Prat;
7.a, El Hospital; 8.a, San Fernando; 14.a, Cerro Blanco;
16.a, Totoral; 18.a, San José de Garín; 19.a, Puquios; y
20.a, Bulnes; y los distritos 4.°, Bandurrias y 5.°, Punta
de Díaz, de la antigua subdelegación 17.a, Chañarcillo.
Comuna de Caldera.- Comprenderá la antigua
subdelegación 1.a, Caldera.
Comuna de Tierra Amarilla.- Comprenderá las antiguas
suddelegaciones: 9.a, Tierra Amarilla; 10.a, Pabellón;
11.a, Los Bordos; 12.a, Los Loros; 13.a, Lomas Bayas y 15.a
San Antonio; y los distritos 1.°, Juan Godoy; 2.°,
Pajonales, y 3.°, Mineral de la antigua subdelegación
17.a, Chañarcillo.
DEPARTAMENTO DE HUASCO
Comprenderá las comunas de Vallenar, Tránsito,
Freirina y Huasco.
Comuna de Vallenar.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Ambrosio O'Higgins; 2.a, El Comercio;
3.a, La Frontera; 4.a, Camarones; 5.a, Alto del Carmen; 6.a,
San Félix; 9.a, Agua Amarga; y 10.a La Jarilla, del antiguo
departamento de Vallenar.
Comuna de Tránsito.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 7.a, El Tránsito; y 8.a, La Pampa, del
antiguo departamento de Vallenar.
Comuna de Freirina.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Poniente; 2.a, Oriente; 5.a, San Juan,
y 6.a, Chañaral, del antiguo departamento de Freirina.
Comuna de Huasco.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 3.a, Huasco Bajo; 4.a, Puerto de Huasco;
7.a, Carrizal Alto; y 8.a, Carrizal Bajo, del antiguo
departamento de Freirina.
DEPARTAMENTO DE SERENA
Comprenderá las comunas de Serena, Higuera y Coquimbo.
Comuna de Serena.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 3.a, Arqueros; 4.a, Cutún; 5.a, Saturno;
6.a, Algarrobito; 7.a, La Compañía; 8.a, La Pampa; 9.a,
Barranca del Mar; 10.a, San Juan de Dios;
11.a Catedral, 12.a, Merced; 13.a, San Agustín, y 14.a,
Santa Lucía.
Comuna de Higuera.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Los Choros, y 2.a, La Higuera.
Comuna de Coquimbo.- Comprenderá todo el territorio del
antiguo departamento de Coquimbo.
DEPARTAMENTO DE ELQUI
Comprenderá las comunas de Vicuña y Paiguano.
Comuna de Vicuña.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Vicuña Norte; 2.a, Vicuña Sur;
3.a, San Isidro; 4.a, Peralillo; 5.a, Diaguitas; 10.a, El
Tambo; y 11.a, El Molle.
Comuna de Paiguano.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 6.a, Rivadavia; 7,a, Paiguano; 8.a, Monte
Grande; y 9.a, La Unión.
DEPARTAMENTO DE OVALLE
Comprenderá las comunas de Ovalle, Tongoy, Monte
Patria, Punitaqui, Samo Alto y Combarbalá
Comuna de Ovalle.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, ovalle Poniente; 2.a, Ovalle Oriente;
3.a, Sotaquí; 13.a, Panulcillo; 20.a, La Chimba; y 21.a,
Guamalata, y los distritos 1.°, Limarí, y 2.°, La Torre,
de la antigua subdelegación 15.a, La Torre.
Comuna de Tongoy.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 14.a, Tamaya, y 16.a, Tongoy, y los
distritos 3.°, Algarrobos, y 4.°, Cerrillos, de la antigua
subdelegación 15.a, La Torre.
Comuna de Monte Patria.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 4.a, Guatulame; 5.a, Carén; 6.a, Agua
Amarilla; 7.a, Rapel; 8.a, Mialqui; y 9.a, Monte Patria.
Comuna de Punitaqui.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 17.a, Barraza; 18.a, San Julián y 19.a,
Punitaqui.
Comuna de Samo Alto.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 10.a, Hurtado; 11.a, Samo Alto; y 12.a
Recoleta.
Comuna de Combarbalá.- Comprenderá todo el territorio
del antiguo departamento de Combarbalá.
DEPARTAMENTO DE ILLAPEL
Comprenderá las comunas de Illapel, Mincha, Salamanca y
Vilos.
Comuna de Illapel.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Illapel Oriente; 2.a, Illapel
Poniente; 3.a, Cuzcuz; 4.a, Hacienda de Illapel; 5.a,
Peralillo, y 10.a, Los Hornos, y la antigua subdelegación
16.a, Las Cañas, del antiguo departamento de Petorca.
Comuna de Mincha.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 8.a, Mincha, y 9.a, Canela, y la antigua
subdelegación 15.a, Huentelauquén, del antiguo
departamento de Petorca.
Comuna de Salamanca.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 6.a, Chalinga, y 7.a, Salamanca, y las
antiguas subdelegaciones 17.a, El Tambo, y 18.a, Quelén,
del antiguo departamento de Petorca.
Comuna de Vilos.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 12.a, Pupío; 13.a, Las Vacas, y 14.a Los
Vilos, del antiguo departamento de Petorca.
DEPARTAMENTO DE PETORCA
Comprenderá las comunas de Ligua, Cabildo, Papudo,
Zapallar y Petorca.
Comuna de Ligua.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, La Ligua; 2.a, Placilla de la Ligua;
3.a Tártaro; 4.a Valle Hermoso; y las antiguas
subdelegaciones: 6.a, Pichilemu; 7.a, Longotoma; 8.a,
Guaquén, y 9.a, Quilimarí, del antiguo departamento de
Petorca.
Comuna de Cabildo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 5.a, La Higuera; 6.a, San Lorenzo, y 8.a
Alicahue.
Comuna de Papudo.- Comprenderá la antigua
subdelegación 7.a, Papudo.
Comuna de Zapallar.- Comprenderá la antigua
subdelegación 3.a, Catapilco.
Comuna de Petorca.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 2.a, Chincolco; 3.a, Petorca; 4.a, Hierro
Viejo; 5.a, Pedegua; 10.a, Cóndores, y 11.a, Tilama, del
antiguo departamento de Petorca.
DEPARTAMENTO DE SAN FELIPE
Comprenderá las comunas de San Felipe, Putaendo, Catemu
y Panquehue.
Comuna de San Felipe.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Coimas; 2.a, Estación; 3.a, Hospital;
4.a, Santo Domingo; 5.a, Almendral; 6.a, Tambo; 7.a, Santa
María; 8.a, Jahuel, 9.a, San Fernando, y 10.a, San
Nicolás.
Comuna de Putaendo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Rinconada de Silva; 2.a, San Antonio
de La Unión; 3.a, Tártaro; 4.a, Rinconada de los Guzmanes;
5.a, Quebrada de Herrera, y 6.a, Asiento, del antiguo
departamento de Putaendo.
Comuna de Catemu.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 7.a, Catemu Alto; y 8.a, Catemu Bajo, del
antiguo departamento de Putaendo.
Comuna de Panquehue.- Comprenderá la antigua
subdelegación 5.a, Panquehue, del actual departamento de
Los Andes.
DEPARTAMENTO DE ANDES
Comprenderá las comunas de Andes, Curimón, Calle Larga
y Rinconada.
Comuna de Andes.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, El Sauce; 2.a, El Comercio, y 13.a,
Chacabuco, y las antiguas subdelegaciones: 11.a, San Regis;
12.a, Miraflores; 13.a, San José, y 14.a Río Colorado, del
actual departamento de San Felipe.
Comuna de Curimón.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 3.a, San Rafael y 4.a, Curimón.
Comuna de Calle Larga.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 9.a, Tabolango; 10.a, Calle Larga;
11.a, Pocuro, y 12.a, Santa Rosa.
Comuna de Rinconada.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 7.a, Rinconada, y 8.a, Villa Alegre.
DEPARTAMENTO DE QUILLOTA
Comprenderá las comunas de Quillota, Calera, Llayllay,
Hijuelas, Nogales y Quintero.
Comuna de Quillota.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Mayaca; 2.a, Estación; 3.a, San
Ignacio; 4.a, Mercado; 5.a,m San Pedro; 6.a, La Palma;
7.a, Pocochay; 8.a, Charrabata; 9.a, La Cruz, y 19.a, Boco.
Comuna de Calera.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 10.a, La Calera, y 11.a, Ocoa.
Comuna de Llayllay.- Comprenderá la antigua
subdelegación 12.a, Llayllay, y la parte de la antigua
subdelegación 6.a, Montenegro, del actual departamento de
Los Andes que queda al Norte de la línea de Cumbres que
limita por el Sur la hoya del río Aconcagua.
Comuna de Hijuelas.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 13.a, Romeral, y 14.a, Las Hijuelas.
Comuna de Nogales.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 15.a, Los Nogales, y 16.a, El Melón.
Comuna de Quintero.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 17.a, Puchuncaví, y 18.a, Quintero.
DEPARTAMENTO DE VALPARAISO
Comprenderá las comunas de Valparaíso, Viña del Mar,
Limache, Quilpué y Casablanca.
Comuna de Valparaíso.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Las Zorras; 2.a, Placilla de
Peñuelas; 3.a, Playa Ancha; 4.a, La Matriz; 5.a, San
Francisco; 6.a, Cordillera; 7.a, Serrano; 8.a, Cruz de
Reyes; 9.a, Orden; 10.a, San Juan de Dios; 11.a, La
Victoria; 12.a, Aguada; 13.a, Jaime; 14.a, San Ignacio;
15.a, Hospital; 16.a, Merced; 17.a, Cardonal; 18.a, Las
Delicias; 19.a, Providencia; 20.a, Waddington; 21.a,
Estación; 22.a, Barón, y 23.a, Matadero, y las islas de
Pascua, Sala y Gómez y Juan Fernández.
Comuna de Viña del Mar.- Comprenderá la antigua
subdelegación 24.a, Viña del Mar, y la antigua
subdelegación 6.a, Concón, del antiguo departamento de
Limache.
Comuna de Limache.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a Limache Alto; 2.a, Limache Bajo;
3.a, Olmué; 4.a Quebrada de Alvarado; 5.a, San Francisco, y
8.a, Quebrada de Escobares, del antiguo departamento de
Limache.
Comuna de Quilpué.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 7.a, Quilpué, y 9.a, Villa Alemana, del
antiguo departamento de Limache, la antigua subdelegación
8.a, Margamarga, del antiguo departamento de Casablanca, y
la parte de la antigua subdelegación 5.a, Lepe, del actual
departamento de Melipilla, que ha quedado comprendida dentro
del departamento de Valparaíso.
Comuna de Casablanca.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Villa Cabecera; 2.a, Tapihue; 3.a, Las
Dichas; 4.a, Lagunillas; 5.a, Algarrobo; 6.a, San José, y
7.a, Lo Vásquez, del antiguo departamento de Casablanca.
DEPARTAMENTO DE SANTIAGO
Comprenderá las comunas de Santiago, Conchalí,
Providencia, ÑuÑoa, San Miguel, Espejo Maipú, Yungay,
Barrancas, Renca, Quilicura, Lampa, Colina, Tiltil, San
Bernardo, Tango, Talagante, Isla de Maipo, Peñaflor,
Cisterna, Puente Alto, San José de Maipo y Curacaví.
Comuna de Santiago.- Sus límites son: Al Norte, el
camino del Carrascal y la calle Román Spech, desde la calle
de Villasana hasta el río Mapocho; el río Mapocho, desde
la calle Román Spech hasta la calle de Bulnes; la calle
Bulnes, desde el río Mapocho hasta la Avenida General
Korner; la Avenida General Korner, desde la calle Bulnes
hasta el canal de la Punta; el canal de la Punta, desde la
Avenida General Korner hasta la calle del Molino; la calle
del Molino, desde el canal de la Punta hasta la Avenida
Fermín Vivaceta; la Avenida Fermín Vivaceta, desde la
calle del Molino hasta la Avenida Prado; la Avenida Prado,
desde la Avenida Fermín Vivaceta hasta la Avenida
Independencia; la Avenida Independencia, desde la Avenida
Prado hasta la calle Pérez Cotapos; la calle Pérez
Cotapos, desde la Avenida Independencia hasta el callejón
del Guanaco; el callejón del Guanaco, desde la calle Pérez
Cotapos hasta la Avenida Robles; la Avenida Robles, desde el
Callejón del Guanaco hasta la Avenida Recoleta; la Avenida
Recoleta, desde la Avenida Robles hasta la Avenida
O'Higgins; la Avenida O'Higgins, desde la Avenida Recoleta
hasta el camino del Salto; el camino del Salto y la calle
Inés de Suárez, desde la Av. O'Higgins hasta la calle
Unión; la calle Unión, desde la calle Inés de Suárez
hasta el canal del Carmen, y el canal del Carmen, desde la
calle de la Unión hasta el Portezuelo. Al Este, una línea
recta, desde el Portezuelo hasta el punto en que la calle de
San Gabriel enfrenta el río Mapocho; el río Mapocho, desde
la calle San Gabriel hasta la calle Cóndell; la calle
Cóndell, desde el río Mapocho hasta la avenida
Irárrazaval; la Avenida Irarrázaval, desde la calle
Cóndell hasta la línea del Ferrocarril, y la línea del
Ferrocarril, desde la Avenida Irarrázaval hasta la
estación de Santa Elena. Al Sur, la línea del ferrocarril
de circunvalación, desde la estación de Santa Elena hasta
su empalme con el Ferrocarril del Sur. Al Oeste, la línea
del Ferrocarril del Sur, desde su empalme con el Ferrocarril
de Circunvalación hasta la calle Antofagasta; la calle
Antofagasta, desde el Ferrocarril del Sur hasta la calle de
Varas; la calle de Varas, desde la calle Antofagasta hasta
la calle de Chorrillos; la calle de Chorrillos, desde la
calle de Varas hasta la Avenida General Velásquez; la
Avenida General Velásquez, desde la calle Chorrillos hasta
la Avenida Ecuador; la Avenida Ecuador, desde la Avenida
General Velásquez hasta la calle Apóstol Santiago; la
calle Apóstol Santiago, desde la Avenida General Velásquez
hasta la calle San Pablo; la calle de San Pablo, desde la
calle Apóstol Santiago hasta la calle de Villasana, y la
calle de Villasana, desde la calle San Pablo hasta el camino
del Carrascal.
Las calles y caminos enumerados en los límites
precedentes forman parte de la comuna de Santiago en los
sectores en que sirven de deslinde.
Comuna de Conchalí.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 24.a, Huechuraba, y 25.a, Salto, en la parte
no comprendida dentro de los límites de la comuna de
Santiago; la parte de la subdelegación 15.a, Renca, situada
al Oriente de la línea del Ferrocarril y la parte de la
Subdelegación 16.a, Quilicura, situada al Oriente de la
misma línea y al Sur del camino de la estación de Renca.
Comuna de Providencia.- Comprende la parte de la antigua
subdelegación 5.a, Providencia, situada al Norte de las
calles Caupolicán y Pizarro y de la línea recta imaginaria
que las une, y las antiguas subdelegaciones 1.a, Las Condes;
2.a, Apoquindo, y 26.a, Mineral de Las Condes.
Comuna de ÑuÑoa.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 3.a, Tobalaba, y 4.a, ÑuÑoa, la parte de
la antigua subdelegación 5.a, Providencia, situada al Sur
de las calles Caupolicán y Pizarro y de la línea recta
imaginaria que las une, y la subdelegación 15, Lo Cañas,
del antiguo departamento de La Victoria.
Comuna de San Miguel.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 6.a, Santa Rosa, y 7.a, Llano Subercaseaux.
Comuna de Espejo.- Comprenderá la antigua
subdelegación 9.a, Chuchunco.
Comuna de Maipú.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 10.a, Los Pajaritos; 11.a, Maipú; y 12.a,
Las Lomas.
Comuna de Yungay.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 27.a, El Blanqueado, y 28.a, Yungay.
Comuna de Barrancas.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 13.a, Pudahuel, y 14.a, Mapocho.
Comuna de Renca.- Comprenderá la parte de la antigua
subdelegación 15.a, Renca, situada al Poniente de la línea
del Ferrocarril.
Comuna de Quilicura.- Comprenderá la parte de la
antigua subdelegación 16.a, Quilicura, situada al Poniente
de la línea del Ferrocarril o al Norte del camino que
conduce a la estación de Quilicura.
Comuna de Lampa.- Comprenderá la antigua subdelegación
17.a, Lampa.
Comuna de Colina.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 18.a, Cañada de Colina; 19.a, Colina;
20.a, Baños de Colina, y 21.a, Chacabuco.
Comuna de Tiltil.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 22.a, Tiltil, y 23.a, Caleu, y la parte de
la antigua subdelegación 6.a, Montenegro del actual
departamento de Los Andes que queda al Sur de la línea de
cumbres que limita por el Sur la hoya del río Aconcagua.
Comuna de San Bernardo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, San Bernardo; 9.a, Tres Acequias;
10.a, Cerro Negro, y 11.a, Bajos de Mena, del actual
departamento de La Victoria.
Comuna de Peñaflor.- Comprenderá las antiguas
subdelegación: 2.a, Santa Cruz de la Victoria; 3.a,
Esperanza; 4.a, Peñaflor, y 19.a, Malloco, del antiguo
departamento de La Victoria.
Comuna de Tango.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 7.a, Calera de Tango, y 8.a, Tango del
antiguo departamento de La Victoria.
Comuna de Talagante.- Comprenderá la antigua
subdelegación 5.a, Talagante, del antiguo departamento de
La Victoria.
Comuna Isla de Maipo.- Comprenderá la antigua
subdelegación 6.a, Isla Grande, del antiguo departamento de
La Victoria, y el distrito 3.°, El Monte, de la antigua
subdelegación 5.a, Valdivia, del actual departamento de
Maipo.
Comuna de Cisterna.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 17.a, La Granja, y 18.a, Camino de Santiago,
del antiguo departamento de La Victoria.
Comuna de Puente Alto.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 12.a, Puente Nuevo de Pirque; y 16.a,
Peral, del antiguo departamento de La Victoria.
Comuna de San José de Maipo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 13.a, Canal de Maipo, y 14.a, San José,
del antiguo departamento de La Victoria.
Comuna de Curacaví.- Comprenderá la antigua
subdelegación 4.a, Curacaví y la parte de la antigua
subdelegación 5.a Lepe, que queda dentro de los límites
del departamento de Santiago.
DEPARTAMENTO DE MELIPILLA
Comprenderá las comunas de San Antonio, Melipilla, El
Monte, María Pinto, Cartagena y Loica.
Comuna de San Antonio.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 7.a, San Antonio; 8.a, Cuncumén; 14.a,
Santo Domingo y 15.a, Bucalemu, del antiguo departamento de
San Antonio.
Comuna de Melipilla.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Melipilla; 9.a, Matadero; 10.a,
Chocalán, y 11.a, Codegua.
Comuna de El Monte.- Comprenderá la antigua
subdelegación 2.a, San Francisco del Monte.
Comuna de María Pinto.- Comprenderá la antigua
subdelegación 3.a, María Pinto.
Comuna de Cartagena.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 6.a, Cartagena, y 20.a, El Tabo, del
antiguo departamento de San Antonio.
Comuna de Loica.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 12.a, San Pedro y 13.a, Loica, del antiguo
departamento de San Antonio.
DEPARTAMENTO DE MAIPO
Comprenderá las comunas de Buin, Paine y Pirque.
Comuna de Buin.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Buin; 2.a, Maipo; 3.a, Linderos;
4.a, Viluco, y 12.a, Santa Rita, y los distritos 1.°,
Valdivia, y 2.°, Jélvez, de la antigua subdelegación 5.a,
Valdivia de Paine.
Comuna de Paine.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 6.a, Aculeo; 7.a, Hospital; 8.a, Paine;
9.a, Escorial, y 10.a, Tránsito.
Comuna de Pirque.- Comprenderá la antigua
subdelegación 11.a, Pirque.
DEPARTAMENTO DE RANCAGUA
Comprenderá las comunas de Rancagua, Machalí,
Graneros, Mostazal y Doñihue.
Comuna de Rancagua.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, San Francisco; 2.a, La Merced;
5.a, Las Chacras, y 6.a, Las Hijuelas.
Comuna de Machalí.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 3.a, Pueblo de Naturales, y 4.a, Machalí,
y la parte del actual departamento de Caupolicán, que ha
quedado comprendido dentro de los límites del departamento
de Rancagua.
Comuna de Graneros.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 7.a, La Compañía, y 8.a, Codegua.
Comuna de Mostazal.- Comprenderá la antigua
subdelegación 9.a, La Angostura.
Comuna de Doñihue.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 10.a, Doñihue, y 11.a, Lo Miranda y las
antiguas subdelegaciones: 5.a, Idahue; 6.a, Coltauco;
7.a, Almendro, y 8.a, Parral, del actual departamento de
Cachapoal.
DEPARTAMENTO DE CACHAPOAL
Comprenderá las comunas de San Vicente, Alhué, Cabras,
Peumo y Pichidegua.
Comuna de San Vicente.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 9.a, Zúñiga, 11.a, Pencahue, y 12.a, San
Vicente, del antiguo departamento de San Vicente.
Comuna de Alhué.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 16.a, Quilamuta; 17.a, Carén; 18.a,
Alhué, 19.a, El Asiento, del actual departamento de
Melipilla.
Comuna de Cabras.- Comprenderá las antiguas
subdeleagaciones 3.a, El Carmen, y 4.a, El Manzano.
Comuna de Peumo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Peumo, y 2.a, La Rosa.
Comuna de Pichidegua.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 10.a, Pichidegua, y 16.a, Larmahue, del
antiguo departamento de San Vicente.
DEPARTAMENTO DE CAUPOLICAN
Comprenderá las comunas de Rengo, Requínoa, Olivar y
Pelequén.
Comuna de Rengo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Rengo; 2.a, La Isla; 3.a, Chanqueahue;
4.a, Pichiguao, y 8.a, Guacarhue.
Comuna de Requínoa.- Comprenderá la parte de la
antigua subdelegación 5.a, Requínoa, que queda comprendida
dentro de los límites del departamento de Caupolicán.
Comuna del Olivar.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 6.a, Olivar, y 7.a, Coinco.
Comuna de Pelequén.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 13.a, Malloa, y 14.a, Panquehue.
DEPARTAMENTO DE SAN FERNANDO
Comprenderá las comunas de San Fernando, Chimbarongo y
Nancagua.
Comuna de San Fernando.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, San Fernando; 2.a, Estación; 3.a, El
Crucero; 4.a, Roma; 5.a, Talcarehue; 6.a, Tinguiririca, y
20.a, San Luis, y el distrito 3.o, Manantiales de la antigua
subdelegación 19.a, Placilla.
Comuna de Chimbarongo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 7.a, Pidihuinco, y 8.a, Chimbarongo.
Comuna de Nancagua.- Comprenderá la antigua
subdelegación 9.a, Nancagua, el distrito 1.°, Cunaco, de
la antigua subdelegación 10.a, Cunaco, y los distritos
1.°, Placilla, y 2.°, Dehesa, de la antigua subdelegación
19.a, Placilla.
DEPARTAMENTO DE SANTA CRUZ
Comprenderá las comunas de Santa Cruz, Chépica,
Pumanque, Palmilla, Rosario, Pichilemu, Marchihue y
Peralillo.
Comuna de Santa Cruz.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Santa Cruz; 2.a, Quinahue; 5.a,
Nerquihue; y 6.a, Lolol; el distrito 3.°, Isla de Paniahue,
de la antigua subdelegación 10.a, Cunaco, del actual
departamento de San Fernando y el distrito 2.°, Paniahue,
de la antigua subdelegación 11.a, Palmilla, del actual
departamento de San Fernando.
Comuna de Chépica.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 3.a, Chépica, y 4.a, Paredones de
Auquinco.
Comuna de Pumanque.- Comprenderá la antigua
subdelegación 8.a, Pumanque, y la antigua subdelegación
4.a, Paredones, del antiguo departamento de Vichuquén.
Comuna de Palmilla.- Comprenderá los distritos: 1.°.
Palmilla. y 2.°. Colchagua, de la antigua subdelegación
11.a, Palmilla, del antiguo departamento de San Fernando, el
distrito 2.o, Apaltas, de la antigua subdelegación 10.a,
Cunaco, del mismo departamento y la antigua subdelegación
15.a, Huique, del actual departamento de San Vicente.
Comuna de Rosario.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 15.a, Navidad, y 16.a, Rosario del actual
departamento de San Fernando.
Comuna de Pichilemu.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 13.a, Cáhuil, y 14.a, Cocauquén del
actual departamento de San Fernando.
Comuna de Marchihue.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 12.a, Peñablanca, y 17.a, Estrella, del
actual departamento de San Fernando.
Comuna de Peralillo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 18.a, Calleuque, y 21.a, Población del
actual departamento de San Fernando.
DEPARTAMENTO DE CURICO
Comprende las comunas de Curicó, Romeral, Teno y Rauco.
Comuna de Curicó.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, urbana La Matriz; 2.a, urbana, Plaza
de Armas; 3.a, urbana, Alameda; 4.a, urbana, El Mercado;
2.a, rural, La Obra; 3.a, rural, Los Niches;
10.a, rural, Entrerríos, y 11.a, rural, Convento Viejo.
Comuna de Romeral.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, rural, El Romeral; 4.a, rural, El
Guaico; y 5.a, rural, El Resguardo.
Comuna de Teno.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 6.a, rural, Quinta; y 7.a, rural, Teno.
Comuna de Rauco.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 8.a, rural Palquibudi, y 9.a, rural, Rauco.
DEPARTAMENTO DE MATAQUITO
Comprenderá las comunas de Curepto, Hualañé y
Vichuquén.
Comuna de Curepto.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Curepto; 2.a, Hornillos; 3.a,
Limávida; 4.a, Tonlemo, y 5.a, Gualleco, del antiguo
departamento de Curepto.
Comuna de Hualañé.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 6.a, Licantén, y 7.a, La Huerta, del
antiguo departamento de Vichuquén, y la antigua
subdelegación 7.a, Culencó, del actual departamento de
Santa Cruz.
Comuna de Vichuquén.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Vichuquén; 2.a, Llico; 3.a, Iloca, y
5.a, Alcántara, del antiguo departamento de Vichuquén.
DEPARTAMENTO DE LONTUE
Comprenderá las comunas de Molina y Valdivia de
Lontué.
Comuna de Molina.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Molina; 2.a, Huerta, y 6.a Río Claro.
Comuna de Valdivia de Lontué.- Comprenderá las
antiguas subdelegaciones: 3.a, Lontué; 4.a, Peteroa, y 5.a,
Villa Prat.
DEPARTAMENTO DE TALCA
Comprenderá las comunas de Talca, San Clemente,
Pelarco, Río Claro, Pencahue y Maule.
Comuna de Talca.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, 2.a, 3.a, 4.a, 5.a, 6.a, de Talca,
12.a, Lircay, y 19.a, Matadero.
Comuna de San Clemente.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 10.a, Perquín, y 11.a, Los Litres.
Comuna de Pelarco.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 13.a, Pelarco, y 14.a, Rincón.
Comuna de Río Claro.- Comprenderá la antigua
subdelegación 15.a, Río Claro.
Comuna de Pencahue.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 16.a, Tapihue; 17.a, Pencahue; 18.a,
Perales, y 20.a, Libún.
Comuna de Maule.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 7.a, Colín; 8.a, Duao, y 9.a, Queri.
DEPARTAMENTO DE CONSTITUCION
Comprenderá las comunas de Constitución y Empedrado.
Comuna de Constitución.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, y 2.a, Constitución: 3.a, Cañas;
4.a, Pahuil; y 9.a, Rinconada; y las antiguas
subdelegaciones: 7.a, Toconey; 8.a, Quivolgo; 9.a, Putú, y
10.a, Chanquiuque, del antiguo departamento de Curepto.
Comuna Empedrado.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 5.a, Empedrado ; 6.a, Purapel; 7.a, El
Morro, y 8.a, Nirivilo.
DEPARTAMENTO DE LONCOMILLA
Comprenderá las comunas de San Javier y Villa Alegre.
Comuna de San Javier.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, San Javier; 2.a, Maule; 5.a, Carrizal;
6.a, La Huerta; y 7.a, La Vaquería.
Comuna de Villa Alegre.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 3.a, Loncomilla, y 4.a, Cunaco.
DEPARTAMENTO DE LINARES
Comprenderá las comunas de Linares, Yerbas Buenas y
Colbún.
Comuna de Linares.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a y 2.a, Linares; 3.a, Arrayanes;
10.a, San Antonio; 11.a, Vegas de Saldías; 12.a, Ancoa;
13.a, San José; 14.a, Longaví; 15.a, Mesamávida; 16.a,
Catentoa; 17.a, Bodega, y 18.a, Pilcoyán.
Comuna de Yerbas Buenas.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 4.a, Yerbas Buenas; 5.a, Esperanza y 6.a,
Arquén.
Comuna de Colbún.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 7.a, Colbún; 8.a, Panimávida, y 9.a,
Putagán.
DEPARTAMENTO DE PARRAL
Comprenderá las comunas de Parral y Retiro.
Comuna de Parral.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 1.a, Oriente; 5.a, Poniente; 3.a,
Perquilauquén; 8.a, Santa Filomena; 9.a, Huenutil, y 10.a,
Pencahue.
Comuna de Retiro.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones: 4.a, Curipeumo; 5.a, San José, 6.a, San
Nicolás; y 7.a, Rinconada.
DEPARTAMENTO DE CAUQUENES
Comprenderá las comunas de Cauquenes y Chanco.
Comuna de Cauquenes.- Comprenderá todo el territorio
del actual departamento de Cauquenes.
Comuna de Chanco.- Comprenderá todo el territorio del
actual departamento de Chanco.
DEPARTAMENTO DE ITATA
Comprenderá las comunas de Quirihue, Portezuelo, Ninhue
y Cobquecura.
Comuna de Quirihue.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a, y 2.a, Quirihue, 3.a Guanaco, 4.a El
Manzano, 5.a Lonquén y 11 La Raya, y los distritos 2.°
Chequencillo, 3.° Curimanqui y 4.° El Guindo, de la
antigua subdelegación 10.a Pocillas.
Comuna de Portezuelo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 6.a Treguaco y 7.a Portezuelo.
Comuna de Ninhue.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 8.a Ninhue y 9.a Lircay, y los distritos
1.° Pocillas, 5.° Curica y 6.° Guaiquillén, de la
antigua subdelegación 10.a Pocillas.
Comuna de Cobquecura.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 12.a Buchupureo; 13.a Cobquecura; y 14.a
Colmuyao.
DEPARTAMENTO DE SAN CARLOS
Comprenderá las comunas de San Carlos, Ñiquén, San
Fabián y San Nicolás.
Comuna de San Carlos.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Alameda, 2.a El Estero, 7.a Toquilma y
11.a Isla de Santa Isabel.
Comuna de Ñiquén.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 3.a Virhuín, 5.a San Gregorio y 6.a
Rucachoro.
Comuna de San Fabián.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 4.a Zemita y 12.a San Fabián, y la parte
del actual departamento de Chillán, que queda comprendida
dentro de los límites del departamento de San Carlos.
Comuna de San Nicolás.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 8.a La Maravilla, 9.a San Nicolás y 10.a
Dadinco.
DEPARTAMENTO DE CHILLAN
Comprenderá las comunas de Chillán, Pinto y Coihueco.
Comuna de Chillán.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a, 2.a y 3.a de Chillán, 4.a y 5.a de
Chillán Viejo, 6.a Guape, 7.a Huechupín, 8.a Nebuco y 14.a
Cato.
Comuna de Pinto.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 9.a Boyén y 10.a Pinto.
Comuna de Coihueco.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 11.a Coihueco, 12.a Niblinto y 15.a Reloca y
la parte de la antigua subdelegación 13.a Alico, que queda
comprendida dentro de los límites del departamento de
Chillán.
DEPARTAMENTO DE BULNES
Comprenderá las comunas de Bulnes, San Ignacio y
Quillón.
Comuna de Bulnes.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Bulnes, 2.a Santa Clara, 3.a Agua Buena
y 7.a Colton.
Comuna de San Ignacio.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 4.a San Javier, 5.a San Miguel y 6.a San
Ignacio.
Comuna de Quillón.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 2.a Quillón y 3.a Cerro Negro, del antiguo
departamento de Puchacay.
DEPARTAMENTO DE YUNGAY
Comprenderá las comunas de Yungay, Pemuco, El Carmen y
Tucapel.
Comuna de Yungay.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Yungay, 2.a El Pedregal, 3.a Cholguán,
4.a San Antonio y 5.a Trilaleo, del antiguo departamento de
Yungay, y la parte de las antiguas subdelegaciones del mismo
departamento, 6.a Dañicalqui y 7.a Los Laureles, que queda
al Sur del río Dañicalqui.
Comuna de Pemuco.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 8.a Pemuco y 10.a Relbún, del antiguo
departamento de Yungay, y la parte de las antiguas
subdelegaciones del mismo departamento, 6.a Dañicalqui v
7.a Los Laureles, que queda al Norte del río Dañicalqui
Comuna de El Carmen.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 9.a Palpal, 11.a El Carmen y 12.a San
Vicente, del antiguo departamento de Yungay.
Comuna de Tucapel.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 8.a Tucapel, 10.a Reñico y 11.a Trupán, y
la antigua subdelegación 20.a Antuco, del actual
departamento de La Laja.
DEPARTAMENTO DE TOME
Comprenderá las comunas de Tomé y Coelemu.
Comuna de Tomé.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Tomé, 2.a Collén, 9.a Conuco, 10.a
Rafael y 11.a Roa, y los distritos 1.° Vega de Itata, 2°
Granero, 6.° Perales, 7.° Purema y 8.° Pudá, de la
antigua subdelegación 3.a Vega de Itata.
Comuna de Coelemu.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 4.a Coelemu, 5.a Batuco, 6a Coleral, 7.a
Ránquil y 8.a Guarilihue y los distritos 3.° Meipo, 4.°
Montenegro y 5.° Chupallar, de la antigua subdelegación
3.a Vega de Itata.
DEPARTAMENTO DE CONCEPCION
Comprenderá las comunas de Concepción, Talcahuano,
Penco, Hualqui y Florida.
Comuna de Concepción.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a San José, 2.a Santo Domingo, 3.a San
Agustín, 4.a La Merced, 5.a Chiguayante y 6.a Nonquén.
Comuna de Talcahuano.- Comprenderá todo el territorio
del antiguo departamento de Talcahuano.
Comuna de Penco.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 8.a Palomares y 9.a Penco.
Comuna de Hualqui.- Comprenderá la antigua
subdelegación 7.a Hualqui.
Comuna de Florida.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Florida, 4.a Copiulemu y 5.a Poñén del
antiguo departamento de Puchacay.
DEPARTAMENTO DE YUMBEL
Comprenderá las comunas de Yumbel, Cabrero y San
Rosendo.
Comuna de Yumbel.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Yumbel y 9.a El Salto.
Comuna de Cabrero.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 6.a Tomeco y 7.a Las Perlas.
Comuna de San Rosendo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 2.a San Luis Gonzaga, 3.a Malvoa, 4.a
Talcamávida y 5.a Quilacoya.
DEPARTAMENTO DE CORONEL
Comprenderá las comunas de Coronel, Lota, Santa Juana,
Arauco y Curanilahue.
Comuna de Coronel.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Coronel y 6.a San Pedro.
Comuna de Lota.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 2.a Lota y 5.a Biobío.
Comuna de Santa Juana.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 3.a Santa Juana, 4.a Santo Domingo y 7.a San
Jerónimo.
Comuna de Arauco.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Arauco, 2.a Carampangue, 3.a Villa de
Carampangue, 6.a Melirupu, 7.a Quiapo, 8.a Yani, 9.a Llico,
10.a Raqui, 11.a Isla de Santa María y 12.a Laraquete, del
antiguo departamento de Arauco, y los distritos 1.° Conumo
y 2.° Los Cuervos, de la antigua subdelegación 4.a
Maquehua, del mismo departamento.
Comuna de Curanilahue.- Comprenderá la subdelegación
5.a Colico, del antiguo departamento de Arauco, los
distritos 3.° Maquehua y 4.° Cabrera, de la antigua
subdelegación 4.a Maquehua, del mismo departamento, y la
parte del actual departamento de Lebu, que ha quedado
comprendida dentro de los límites del departamento de
Coronel.
DEPARTAMENTO DE ARAUCO
Comprenderá las comunas de Lebu, Cañete y Contulmo.
Comuna de Lebu.- Comprenderá todo el territorio del
antiguo departamento de Lebu, que queda comprendido dentro
de los límites del actual departamento del mismo nombre.
Comuna de Cañete.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Cañete, 2.a Cayucupil, 3.a Peleco, 4.a
Llinquilhué y 5.a Paicaví, del antiguo departamento de
Cañete.
Comuna de Contulmo.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 6.a Contulmo, 7.a Antiquina y 8.a Quinico,
del antiguo departamento de Cañete, incluyendo la isla de
la Mocha.
DEPARTAMENTO DE LA LAJA
Comprenderá las comunas de Los Angeles, Santa Bárbara,
Santa Fe, Laja y Quilleco.
Comuna de Los Angeles.- Sus límites son: al Norte, el
río Laja, desde el puente Perales, en el camino
Angeles-Yumbel, hasta el vado de Tucapel, en el camino
Tucapel-Quilleco. Al Este, el camino Tucapel-Quilleco, hasta
su vado en el estero Coreo; dicho estero hasta el vado de
Puente Viejo; el camino de Río Pardo hasta el estero
Curiche; dicho estero hasta el puente del ferrocarril; el
ferrocarril hasta el cruce del camino de Los Boldos, y dicho
camino hasta su lanchadero en el río Biobío. Al Sur, el
río Biobío, desde el lanchadero de los Boldos hasta el
lanchadero de Negrete. Al Oeste, el camino Negrete-Angeles
hasta el cruce del Ciruelo; el camino Angeles-Santa Fe hasta
el cruce del camino de la estación Arrayán; dicho camino
hasta el estero Quilque; dicho estero hasta el río Guaqui;
este río hasta el vado de Paso Cerrado, y el camino
Angeles-Yumbel hasta el puente Perales.
Comuna de Santa Bárbara.- Sus límites son: al Norte,
el río Duqueco, desde el puente del ferrocarril hasta su
origen. Al Este, la línea de cumbres que limita por el
poniente la hoya del río Queuco, desde el origen del río
Duqueco hasta la confluencia del río Queuco con el río
Biobío. Al Sur, el río Biobío, desde la desembocadura del
río Queuco hasta el lanchadero de los Boldos. Al Oeste, el
camino de los Boldos, desde su lanchadero en el río Biobío
hasta el ferrocarril, y el ferrocarril hasta el puente sobre
el río Duqueco.
Comuna de Santa Fe.- Sus límites son: al Norte, el río
Guaqui, desde el río Biobío hasta su confluencia con el
estero Quilque, y dicho estero hasta el camino de acceso a
la estación Arrayán. Al Este, el camino de acceso a la
estación Arrayán, desde el estero Quilque hasta el camino
Angeles-Santa Fé; dicho camino hasta el cruce con el de
Negrete, en el Ciruelo, y el camino de Negrete hasta el río
Biobío. Al Sur y Oeste, el río Biobío, desde el camino de
Negrete hasta la desembocadura del río Guaqui.
Comuna de Laja.- Sus límites son: Al Norte, el río
Laja, desde su confluencia con el río Biobío hasta el
puente Perales; al Este, el camino Angeles-Yumbel, desde el
puente de Perales hasta el estero Paso Cerrado, y dicho
estero hasta el río Guaqui. Al Sur, el río Guaqui, desde
su unión con el estero Paso Cerrado hasta el río Biobío.
Al Oeste, el río Biobío, desde el río Guaqui hasta el
río Laja.
Comuna de Quilleco.- Sus límites son: al Norte, el río
Laja, desde el camino Quilleco-Tucapel, hasta la confluencia
del río Rucúe; el río Rucúe hasta su origen, y la línea
de cumbres que limita por el Sur la hoya del río Laja,
desde el origen del río Rucúe hasta Sierra Velluda. Al
Este, Sierra Velluda, desde el origen del río Rucúe hasta
el origen del río Duqueco. Al Sur, el río Duqueco, desde
su origen hasta su confluencia con el estero Curiche. Al
Oeste, el estero Curiche, desde su confluencia con el
Duqueco hasta el camino de Río Pardo; dicho camino hasta el
vado de Puente Viejo, en el estero Coreo; dicho estero hasta
el camino Quilleco-Tucapel, y el camino Quilleco-Tucapel
hasta el río Laja.
DEPARTAMENTO DE MULCHEN
Comprenderá las comunas de Mulchén, Quilaco y
Nacimiento.
Comuna de Mulchén.- Sus límites son: al Norte, el río
Biobío, desde su confluencia con el río Bureo, hasta la
desembocadura del estero Pile; el estero Pile, desde su
desembocadura en el río Biobio hasta su origen; una línea
recta, desde el origen del estero Pile, hasta la confluencia
de los ríos Bureo y Pichi-Bureo, y el río Bureo, desde su
confluencia con el río Pichi-Bureo, hasta su origen en las
cordilleras de Pemehue. Al Este, las cordilleras de Pemehue,
desde el origen del río Bureo hasta el origen del río
Renaico. Al Sur, el río Renaico, desde su origen en las
cordilleras de Pemehue hasta el deslinde de los fundos
Rapelco, de don Joaquín Díaz y Marimán, de don Carlos
Cousiño. Al Oeste, el deslinde entre los fundos Rapelco y
Marimán hasta el origen del arroyo Puelche; el arroyo
Pelehue, desde el camino de Mulchén a Nacimiento hasta su
confluencia con el río Bureo, y el río Bureo hasta su
confluencia con el río Biobío.
Comuna de Quilaco.- Sus límites son: al Norte, el río
Biobío, desde la desembocadura del arroyo Pile hasta la
desembocadura del río Queuco, y la línea de cumbres que
limita por el norte la hoya del río Queuco, desde su
desembocadura en el río Biobío, hasta la frontera
argentina. Al Este, la frontera argentina, desde la línea
de cumbres que limita por el norte la hoya del río Queuco,
hasta el paso de Rahue. Al Sur, el río Rahue o Rahuelco,
desde su origen en el paso de Rahue, sobre la frontera
argentina, hasta su desembocadura en el río Biobío; el
río Biobío, desde la desembocadura del río Rahue hasta la
desembocadura del río Ñirreco; el río Ñirreco, desde su
desembocadura en el río Biobío hasta su origen, y la
línea de cumbres, desde el origen del río Ñirreco hasta
el volcán Lonquimay. Al Oeste, la línea de cumbres que
limita por el Poniente la hoya hidrográfica del alto río
Biobío, desde el volcán Lonquimay hasta el origen del río
Bureo; el río Bureo, desde su origen hasta su confluencia
con el río Pichi-Bureo; una línea recta, desde la
confluencia de los ríos Bureo y Pichi-Bureo, hasta el
origen del estero Pile, y el estero Pile, desde su origen
hasta su desembocadura en el río Biobío.
Comuna de Nacimiento.- Comprenderá todo el territorio
del antiguo departamento de Nacimiento, que queda dentro de
los límites del departamento de Mulchén.
DEPARTAMENTO DE ANGOL
Comprenderá las comunas de Angol, Purén, Sauces,
Collipulli y Ercilla.
Comuna de Angol.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Angol, 2.a Rucapillán, 3.a Mininco,
4.a, Tijeral, 5.a Guaquén y 6.a Villa Alegre, y la parte
del antiguo departamento de Nacimiento que queda comprendido
dentro de los límites del departamento de Angol.
Comuna de Purén.- Comprenderá la antigua
subdelegación 8.a Guadaba, y la antigua subdelegación 6.a
Purén, del actual departamento de Traiguén.
Comuna de Sauces.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 7.a Los Sauces y 9.a Choque-Choque.
Comprenderá las comunas de Collipulli y Ercilla.
Comuna de Collipulli.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a La Feria, 2.a Estación, 3.a Esperanza,
4.a Ñanco y 5.a Curaco.
Comuna de Ercilla.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 6.a Ercilla y 7.a Pailahueque.
DEPARTAMENTO DE TRAIGUEN
Comprenderá las comunas de Traiguén y Lumaco.
Comuna de Traiguén.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Estación, 2.a Los Molinos, la parte de
la antigua subdelegación 4.a Perquenco, que queda
comprendida dentro de los límites del departamento, y la
parte de la subdelegación 5.a Lumaco, que queda al Sur del
río Colpi o Panqueco y al Oriente del río Cholchol.
Comuna de Lumaco.- Comprenderá la antigua
subdelegación 5.a Lumaco, en la parte que no ha sido
asignada a la comuna de Traiguén por el acápite anterior.
DEPARTAMENTO DE VICTORIA
Comprenderá las comunas de Victoria, Curacautín,
Perquenco y Lonquimay.
Comuna de Victoria.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Chicauco, 2.a Curamávida, 3.a Dumo, 4.a
Quino, 5.a Tolhuaca y 6.a Huillinlebu.
Comuna de Curacautín.- Comprenderá la antigua
subdelegación 7.a Curacautín.
Comuna de Perquenco.- Comprenderá la parte de la
antigua subdelegación 4.a Perquenco, del actual
departamento de Traiguén, que queda comprendida dentro de
los límites del departamento de Victoria.
Comuna de Lonquimay.- Comprenderá la antigua
subdelegación 6.a Lonquimay del antiguo departamento de
Llaima.
DEPARTAMENTO DE LAUTARO
Comprenderá las comunas de Lautaro y Galvarino.
Comuna de Lautaro.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Lautaro y 3.a Muco.
Comuna de Galvarino.- Comprenderá la antigua
subdelegación 2.a Galvarino, y la antigua subdelegación
2.a Cholchol, del actual departamento de Imperial.
DEPARTAMENTO DE IMPERIAL
Comprenderá las comunas de Nueva Imperial, Carahue y
Saavedra.
Comuna de Nueva Imperial.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a Nueva Imperial y 4.a Boroa.
Comuna de Carahue.- Comprenderá la antigua
subdelegación 6.a Carahue.
Comuna de Saavedra.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 3.a Misiones y 5.a Tirúa.
DEPARTAMENTO DE TEMUCO
Comprenderá las comunas de Temuco, Vilcún, Freire y
Cunco.
Comuna de Temuco.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 1.a y 2.a de Temuco, 3.a Pumalal, 4.a Padre
Las Casas, 7.a Quepe, 11.a Truf-Truf y 16.a Coipulafquén.
Comuna de Vilcún.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 14.a Vilcún y 15.a San Patricio.
Comuna de Freire.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 5.a Freire y 6.a Huillo, y la parte de las
antiguas subdelegaciones 8.a Allipén y 9.a Colico, que
queda comprendida dentro de los límites del departamento de
Temuco.
Comuna de Cunco.- Comprenderá las antiguas
subdelegaciones 12.a Trúmpulo, 13.a Cunco y 17.a
Quechereguas.
Las comunas de Temuco y Vilcún formarán una sola
agrupación municipal, cuya cabecera será la ciudad de
Temuco.
DEPARTAMENTO DE VILLARRICA
Comprenderá las comunas de Loncoche, Gorbea,
Lisperguer, Toltén y Villarrica.
Comuna de Loncoche.- Comprenderá la antigua
subdelegación 5.a Loncoche.
Comuna de Gorbea.- Comprenderá la antigua
subdelegación 2.a Gorbea.
Comuna de Lisperguer.- Comprenderá la antigua
subdelegación 1.a Pitrufquén. Su cabecera será el pueblo
de Pitrufquén, el cual llevará en adelante el nombre de
Lisperguer.
Comuna de Toltén.- Comprenderá las antiguas
subdelegaiones 3.a Toltén y 4.a Queule.
Comuna de Villarrica.- Comprenderá la antigua
subdelegación 6.a Villarrica, la antigua subdelegación
10.a Maichín, del actual departamento de Temuco, y la parte
de las antiguas subdelegaciones 8.a Allipén y 9.a Colico,
de dicho departamento, que queda comprendida dentro de los
límites del departamento de Villarrica.
DEPARTAMENTO DE VALDIVIA
Comprenderá las comunas de Valdivia, Corral, Lanco,
Mariquina y Lagos.
Comuna de Valdivia.- Sus límites son: al Norte, la
línea de cumbres que limita por el Norte las hoyas de los
esteros Cuchimalal y Rahue o San Ramón, desde el morro
Bonifacio sobre el Océano Pacífico hasta la confluencia
del estero Rahue con el río Cruces; el río Cruces, desde
la confluencia del estero Rahue hasta la confluencia del
río Pichoy o Iñaque; el río Pichoy o Iñaque, desde su
confluencia con el río Cruces hasta su confluencia con el
río Cayumapu; el río Cayumapu, desde su confluencia con el
río Pichoy o Iñaque, hasta su confluencia con el estero
Chancoyán; el estero Chancoyán, desde su confluencia con
el río Cayumapu hasta su origen; una línea recta, desde el
origen del estero Chancoyán hasta la confluencia del estero
Lumaco con el río Calle-Calle, y el río Calle-Calle, desde
su confluencia con el estero Lumaco hasta la Peña del
Diablo. Al Este, una línea recta desde la Peña del Diablo
en el río Calle-Calle, hasta el lugar llamado Puente de
Tierra, en el río Santo Domingo, y una línea recta, desde
el lugar llamado Puente de Tierra, en el río Santo Domingo
hasta el origen del estero Huichahue. Al Sur, la línea de
cumbres, desde el origen del estero Huichahue hasta el
origen del estero Chamil; el estero Chamil, desde su origen
hasta su confluencia con el río Futa; el río Futa, desde
su confluencia con el estero Chamil hasta su confluencia con
el río Tornagaleones; el río Tornagaleones, desde su
confluencia con el río Futa hasta su confluencia con el
río Valdivia, y el río Valdivia, desde su confluencia con
el río Tornagaleones, hasta su desembocadura en el Océano
Pacífico. Al Oeste, el Océano Pacífico, desde la
desembocadura del río Valdivia hasta el morro Bonifacio. La
isla de Mancera no está comprendida en la comuna de
Valdivia.
Comuna de Corral.- Sus límites son: Al Norte el río
Valdivia, desde su desembocadura en el Océano Pacífico
hasta su confluencia con el río Tornagaleones, y el río
Tornagaleones, desde su confluencia con el río Valdivia,
hasta su confluencia con el río Futa. Al Este, el río
Futa, desde su confluencia con el río Tornagaleones hasta
el punto llamado Tres Chiflones. Al Sur, la volteada de Tres
Chiflones, desde el río Futa, hasta el origen del río
Chaihuín, y el río Chaihuín, desde su origen hasta su
desembocadura en el Océano Pacífico. Al Oeste, el Océano
Pacífico, desde la desembocadura del río Chaihuín hasta
la desembocadura del río Valdivia. La isla de Mancera queda
comprendida en la comuna de Corral.
Comuna de Lanco.- Sus límites son: al Norte, el estero
Cudico, desde su confluencia con el río Cruces hasta su
origen; la línea de cumbres que limita por el Norte las
hoyas del río Leufucade y del lago Calafquén, desde el
origen del estero Cudico hasta el Volcán Villarica, y la
línea de cumbres que limita por el Sur la hoya del lago
Villarrica, desde el volcán Villarrica hasta la frontera
argentina. Al Este, la frontera argentina, desde la línea
de cumbres que limita por el Sur la hoya del lago Villarrica
hasta el origen del río Guahún. Al Sur, el río Guahún,
desde su origen en la frontera argentina hasta su
desembocadura en la laguna Pirehueico; la laguna Pirehueico,
desde la desembocadura del río Guahun hasta su desagüe en
el río Huí; el río Huí, desde su origen en la laguna
Pirehueico hasta su confluencia con el río Neltume; el río
Llanquihue, desde la confluencia de los ríos Huí y
Neltume, que lo forman, hasta su desembocadura en la laguna
de Panguipulli; la laguna de Panguipulli, desde la
desembocadura del río Llanquihue hasta su desague en el
río Shoshuenco; el río Shoshuenco, desde su origen en la
laguna de Panguipulli hasta su desembocadura en la laguna
Riñihue; la laguna Riñihue, desde la desembocadura del
río Shoshuenco, hasta su desagúe en el río San Pedro, y
el río San Pedro, desde su origen en la laguna Riñihue
hasta su confluencia con el río Malihue. Al Oeste, una
línea recta, desde la confluencia de los ríos Malihue y
San Pedro hasta la confluencia de los ríos Pille Coz-Coz e
Iñaque; el río Pille Coz-Coz, desde su confluencia con el
río Iñaque, hasta su origen en los cerros de Troltohue; el
cordón de los cerros de Troltohue, desde el origen del río
Pille Coz-Coz hasta el origen del estero Trama o Lliuco; el
estero Trama o Lliuco, desde su origen en el cordón de los
cerros de Troltohue hasta su confluencia con el río Cruces,
y el río Cruces, desde su confluencia con el estero Trama o
Lliuco hasta su confluencia con el estero Cudico.
Comuna de Mariquina.- Sus límites son: al Norte, el
río Lingue o Mehuín, desde su desembocadura en el Océano
Pacífico, hasta su confluencia con la quebrada Honda de
Rigán; la quebrada Honda de Rigán, desde su confluencia
con el río Lingue o Mehuín hasta su origen en el cerro
Tripayante; la línea de cumbres, desde el origen de la
quebrada Honda de Rigán hasta el origen de la quebrada
Lingue; la quebrada Lingue, desde su origen hasta su
confluencia con el río Quillén o Quitraco, y el río
Quillén o Quitraco, desde su confluencia con la quebrada
Lingue hasta su confluencia con el río Cruces. Al Este, el
río Cruces, desde su confluencia con el río Quillén o
Quitraco hasta su confluencia con el estero Trama o Lliuco;
el estero Trama o Lliuco, desde su confluencia con el río
Cruces hasta su origen en los cerros de Troltohue; el
cordón de los cerros de Troltohue, desde el origen del
estero Trama hasta el origen del río Pille Coz-Coz; el río
Pille Coz-Coz, desde su origen hasta su confluencia con el
río Iñaque o Pichoy, y una línea recta, desde la
confluencia de los ríos Iñaque y Pille Coz-Coz, hasta la
confluencia de los ríos San Pedro y Malihue. Al Sur, el
río San Pedro o Calle-Calle, desde su confluencia con el
río Malihue hasta su confluencia con el estero Lumaco; una
línea recta, desde la confluencia del río Calle-Calle con
el estero Lumaco hasta el origen del estero Chancoyán; el
estero Chancoyán, desde su origen hasta su confluencia con
el río Cayumapu; el río Cayumapu, desde su confluencia con
el estero Chancoyán hasta su confluencia con el río
Iñaque o Pichoy; el río Iñaque o Pichoy, desde su
confluencia con el río Cayumapu hasta su confluencia con el
río Cruces; el río Cruces, desde su confluencia con el
río Iñaque o Pichoy hasta su confluencia con el río Rahue
o San Ramón, y la línea de cumbres que limita por el Norte
las hoyas de los esteros Rahue o San Ramón y Cuchimalal,
desde la confluencia del estero Rahue con el río Cruces
hasta el morro Bonifacio, en el Océano Pacífico. Al Oeste,
el Océano Pacífico, desde el morro Bonifacio hasta la
desembocadura del río Lingue o Mehuín.
Comuna de Lagos.- Sus límites son: al Norte, el río
Calle-Calle o San Pedro, desde la Peña del Diablo hasta su
origen en la laguna Riñihue; la laguna Riñihue, desde el
origen del río San Pedro hasta la desembocadura del río
Shoshuenco; el río Shoshuenco, desde su desembocadura en la
laguna Riñihue, hasta su origen en la laguna Panguipulli;
la laguna Panguipulli, desde el origen del río Shoshuenco
hasta la desembocadura del río Llanquihue; el río
Llanquihue, desde su desembocadura en el lago Panguipulli
hasta la confluencia de los ríos Neltume y Huí que lo
forman; el río Huí, desde su confluencia con el río
Neltume hasta su origen en la laguna Pirehueico; la laguna
Pirehueico, desde el origen del río Huí hasta la
desembocadura del río Guahún, y el río Guahún, desde su
desembocadura en la laguna Pirehueico hasta la frontera
argentina. Al Este, la frontera argentina, desde el río
Guahún, hasta el Portezuelo de Lago Hermoso. Al Sur, el
río Rupumeica o Huenaihue, desde su origen en el portezuelo
de Lago Hermoso, sobre la frontera argentina, hasta su
desembocadura en el lago Maihue; el lago Maihue, desde la
desembocadura del río Huenaihue hasta el origen del río
Caucurrupe; el río Caucurrupe, desde su origen en el lago
Maihue hasta su desembocadura en el lago Ranco; el lago
Ranco, desde la desembocadura del río Caucurrupe hasta la
desembocadura del estero Coique: el estero Coique, desde su
desembocadura en el lago Ranco hasta el lindero entre los
fundos Dollinco y Santa Rosa; el lindero entre los fundos
Dollinco y Santa Rosa, desde el estero Coique hasta el río
Llollelhue; el río Llollelhue, desde el lindero entre los
fundos Dollinco y Santa Rosa, hasta el lindero entre los
fundos Huiti y Malo; el lindero entre los fundos Huiti y
Malo, desde el río Llollelhue hasta el origen del estero
Pichico; el estero Pichico, desde su origen hasta su
confluencia con el estero de La Poza; el estero de La Poza,
desde su confluencia con el estero Pichico hasta su origen;
el lindero entre los fundos Malo y Manao, por una parte, y
Curripeco y Lumaco por la otra, desde el origen del estero
de La Poza hasta el estero Liucura; el estero Liucura, desde
el deslinde entre los fundos Manao y Lumaco hasta su
confluencia con el río Collileufu; el río Collileufu,
desde su confluencia con el estero Liucura hasta su
confluencia con el estero Huichahue, y el estero Huichahue,
desde su confluencia con el río Collileufu hasta su origen.
Al Oeste, una línea recta, desde el origen del estero
Huichahue hasta el lugar llamado Puente de Tierra en el río
Santo Domingo, y una línea recta, desde el lugar llamado
Puente de Tierra en el río Santo Domingo, hasta la Peña
del Diablo en el río Calle-Calle.
DEPARTAMENTO DE LA UNION
Comprenderá las comunas de La Unión y Río Bueno.
Comuna de La Unión.- Comprenderá todo el territorio
del actual departamento de La Unión, menos la
subdelegación 4.a Tranguén.
Comuna de Río Bueno.- Comprenderá todo el territorio
del actual departamento de Río Bueno y la subdelegación
4.a, Traiguén, del antiguo departamento de La Unión.
DEPARTAMENTO DE OSORNO
Comprenderá las comunas de Osorno, San Pablo y Rí