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Artículo 1 del Decreto 109 EXENTO

Desarrollo y aprobacion proceso de titulacion de las(os) alumnas(os) de enseñanza media tecnico profesional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 194666 / 7289688.

Texto oficial

Artículo 1º: El presente decreto aprueba las normas básicas obligatorias por las cuales han de regirse los establecimientos educacionales reconocidos oficialmente que imparten enseñanza media técnico-profesional para administrar el Proceso de Titulación de sus estudiantes. Con tal objeto y sobre la base de las normas que aquí se aprueban, deberán elaborar un Reglamento de Práctica y Titulación que deberá ser conocido y supervisado por el respectivo Departamento Provincial de Educación, el que deberá especificar los procedimientos e instrumentos internos requeridos y estableciendo los siguientes aspectos para el desarrollo, supervisión y evaluación de este proceso: a) Duración de la Práctica Profesional; b) Indicaciones para la elaboración y aprobación del plan de práctica en el establecimiento educacional; c) Procedimiento de supervisión y evaluación de la Práctica Profesional y sugerencias de los registros que correspondan; d) Método de trabajo que deberá cumplir el estudiante que egresó hace 3 o más años. El Reglamento de Práctica y Titulación deberá evaluarse internamente cada dos años, supervisados por el respectivo Departamento Provincial de Educación.