Texto oficial
Artículo 2º: Los estudiantes de enseñanza media técnico - profesional que hubieren aprobado todos los cursos contemplados en sus respectivos planes de estudio, se considerarán egresados y podrán iniciar su proceso de titulación, para lo cual deberán matricularse en el establecimiento educacional correspondiente y, en tal carácter, tendrán todos los beneficios de los estudiantes.