Texto oficial
Artículo 5º: El proceso de titulación deberá iniciarse dentro del plazo máximo de 3 años contados desde la fecha de egreso del estudiante.
Los estudiantes que excedan dicho plazo deberán desarrollar un proceso de actualización previo a la realización de su Práctica Profesional, de acuerdo a lo que estipule el Reglamento de Práctica y Titulación del establecimiento educacional.