Texto oficial
"Artículo 1º.- Introdúcense las siguientes
modificaciones en la ley Nº 18.948, Orgánica
Constitucional de las Fuerzas Armadas:
1. En el artículo 32:
a.- En el inciso primero, reemplázanse las palabras "Brigadier General" por "General de Brigada".
b.- En el inciso segundo, reemplázanse las palabras "Mayor General" por "General de División".
2. En la letra a) del artículo 36, reemplázanse las palabras "Teniente General", "Mayor General" y "Brigadier General" por "General de Ejército", "General de División" y "General de Brigada", respectivamente.
3. En el inciso primero del artículo 46, reemplázanse las palabras "Teniente General" por "General de Ejército".