Texto oficial
Artículo 43º.- El Centro de Perfeccionamiento,
Experimentación e Investigaciones Pedagógicas llamará a
concurso anual de proyectos de participación activa a los
miembros de la Red, concurso que se llevará a cabo en forma
centralizada o descentralizada. Las bases del llamado
considerarán tanto las especificidades como las necesidades
nacionales, regionales y locales que se hayan identificado
en virtud del artículo precedente.
Las bases del proceso concursal contendrán las
siguientes menciones, sin perjuicio de las precisiones que
corresponda determinar al Reglamento:
a) Los plazos que considera el proceso concursal.
b) Los ámbitos de acción definidos como prioritarios
para la participación activa de los Maestros de Maestros.
c) Los términos de referencia para la presentación de
proyectos de participación activa o para la postulación a
proyectos diseñados previamente.
d) Los derechos y obligaciones que, conforme a este
decreto con fuerza de ley, correspondan a aquellos miembros
de la Red que resulten seleccionados para la ejecución de
proyectos de participación activa.