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Artículo 43 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija las normas que estructuran y organizan el funcionamiento y operacion de la asignacion de excelencia pedagogica y la red maestros de maestros, a que se refieren los articulos 14 a 18 de la ley nº 19.715

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 195372 / 7290043.

Texto oficial

Artículo 43º.- El Centro de Perfeccionamiento, Experimentación e Investigaciones Pedagógicas llamará a concurso anual de proyectos de participación activa a los miembros de la Red, concurso que se llevará a cabo en forma centralizada o descentralizada. Las bases del llamado considerarán tanto las especificidades como las necesidades nacionales, regionales y locales que se hayan identificado en virtud del artículo precedente. Las bases del proceso concursal contendrán las siguientes menciones, sin perjuicio de las precisiones que corresponda determinar al Reglamento: a) Los plazos que considera el proceso concursal. b) Los ámbitos de acción definidos como prioritarios para la participación activa de los Maestros de Maestros. c) Los términos de referencia para la presentación de proyectos de participación activa o para la postulación a proyectos diseñados previamente. d) Los derechos y obligaciones que, conforme a este decreto con fuerza de ley, correspondan a aquellos miembros de la Red que resulten seleccionados para la ejecución de proyectos de participación activa.