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Artículo 47 del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Fija las normas que estructuran y organizan el funcionamiento y operacion de la asignacion de excelencia pedagogica y la red maestros de maestros, a que se refieren los articulos 14 a 18 de la ley nº 19.715

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 195372 / 7290048.

Texto oficial

Artículo 47º.- Los contratos deberán contar con los siguientes elementos esenciales, sin perjuicio de aquellas precisiones que correspondan al Reglamento: a) individualización de las partes, b) proyecto o actividad objeto del contrato, c) plazos de inicio y término, d) informes y otros mecanismos de verificación del cumplimiento de la obligación contraída, e) monto de la suma adicional a la que tendrá derecho el docente, f) fecha y lugar del o los pagos, g) sanciones por incumplimiento de las obligaciones contractuales, y h) anexo que contenga copia íntegra del proyecto o actividad a ejecutar.