Texto oficial
Artículo 25º.- Sin perjuicio del control indicado en
el artículo anterior, en casos especiales, tales como
brotes epidémicos, deberán cumplirse las medidas que la
autoridad sanitaria indique.
Reglamento de los servicios de agua destinados al consumo humano
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 197226 / 8044321.